AIRBUS ESPAÑA ADOPTA EL SISTEMA DE ARBITRAJE DE LAS CAMARAS

MADRID
SERVIMEDIA

La empresa Airbus España ha decido adoptar el sistema de arbitraje e las Cámaras de Comercio. A partir del acuerdo alcanzado entre la principal empresa aeronáutica y las Cámaras de Comercio, Airbus España incluirá la cláusula de la Corte Española de Arbitraje en todos aquellos contratos que realice con empresas españolas de una comunidad autónoma distinta de dónde se localiza la factoría que firma el contrato, según informaron hoy las Cámaras.

De esta manera, "toda controversia o conflicto" que se derive de algún contrato, se resolverá, definitivamente, mediante arbiraje de uno o más árbitros, en el marco de la Corte Española de Arbitraje. Este organismo será el encargado de administrar el arbitraje y designar el árbitro o tribunal arbitral. Por su parte, las partes se comprometen a cumplir el laudo que se dicte.

El acuerdo alcanzado con Airbus es el primer paso dentro de los compromisos adquiridos por las Cámaras de Comercio sobre arbitraje, en el marco de la II Asamblea General, que se ha celebrado recientemente: potenciar el sistema de arbitraje, como mejor soución a los conflictos entre empresas, impulsando la inclusión de la cláusula arbitral en todos los contratos.

El servicio de arbitraje de las Cámaras propició durante el pasado año un total de 461 sentencias o laudos, a través de las 52 Cortes de Arbitraje que actualmente mantiene en toda España. Esta cifra ha supuesto un aumento del 24% respecto a los datos del año anterior.

Las empresas de Madrid y Cataluña lideran en España el uso de este sistema extrajudicial para resolver los conflictos merantiles. Le siguen las empresas de la Comunidad Valenciana, Baleares y el País Vasco.

VALIDEZ DE SENTENCIA

Por sectores, construcción, inmobiliario, franquicias y telefonía, seguidos de reparación de automóviles son los que más recurren al sistema arbitral para resolver los litigios. El 75% de las materias objeto de conflictos son de tipo mercantil y el 25% restante son de índole civil. En cuanto a la duración media de los arbitrajes, se sitúan en cuatro meses y la máxima de seis.

Las Cámaras d Comercio contribuyen a la solución extrajudicial de los litigios, facilitando la infraestructura necesaria para realizar arbitrajes a través de árbitros expertos e independientes. La utilización de los servicios de arbitraje de las Cámaras supone un ahorro considerable de tiempo. En un plazo máximo de seis meses, los árbitros dictan el laudo y los gastos que genera son mucho menores que por la vía judicial. Es un sistema imparcial, que tiene la misma validez y garantía que una sentencia.

(SERVIMEDIA)
01 Dic 2002
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