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Los administradores concursales recurren a la justicia europea contra la nueva ley, que les "obliga a trabajar gratis"

MADRID
SERVIMEDIA

La Asociación Profesional de Administraciones Concursales (Aspac) ha interpuesto un recurso ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, para pedir "auxilio" contra el proyecto de reforma de la ley concursal, que considera que les "obliga a trabajar gratis".

La entidad señala en un comunicado que el articulado que aprobó el Consejo de Ministros el pasado diciembre viene a "empeorar" la falta de unos "honorarios justos" y un cobro en tiempo adecuado para los administradores concursales en este país.

A su juicio, uno de los puntos más rechazables de la norma establece límites temporales para que los administradores concursales perciban sus honorarios en procedimientos de insolvencia.

Según el presidente de Aspac, Diego Comendador, “la supuesta intención de esta medida es acelerar los procesos, lo que supone que están culpando al administrador concursal de su duración e imponiendo esta medida a modo de castigo”.

Desde la asociación insisten en que la misión del administrador concursal es facilitar la gestión del concurso y mejorar su eficiencia. Por tanto, defienden que no se puede penalizar a los profesionales por la duración del concurso, puesto que, al contrario, gracias a su experiencia y especialización en el área, se evita llegar a tiempos mayores.

Puntualizan, además, que “mientras intentan reducir tiempos pidiéndonos que trabajemos gratis, están cargando a los juzgados con trabajos que podría resolver la administración concursal para agilizar trámites que son los que verdaderamente prolongan innecesariamente los procesos.”

Según las estadísticas oficiales, la duración media del concurso de acreedores es de unos cuatro años y medio. Sin embargo, cada caso específico tiene una serie de características que ampliarán o reducirán su duración. En los concursos de acreedores entran en juego los intereses de distintas partes, lo que puede producir situaciones de conflicto que prolonguen el proceso.

Comendador subraya que “el peligro de establecer esta penalización al administrador es que puede repercutir en la calidad del trabajo, llevando a procesos de liquidación acelerados que no cumplirían con su papel de optimizar el valor de los activos”. Y añade “los administradores concursales no somos, en absoluto, los responsables de la larga duración de los procedimientos”.

REMUNERACIÓN

Respecto a la remuneración de los administradores, el nuevo texto indica que cuando la fase común sobrepase los 6 meses, estos profesionales dejarían de percibir un 50% de sus honorarios. En la liquidación, esta reducción también correspondería a un mínimo de un 50%. Además, el Proyecto establece que los honorarios fijados inicialmente se limitarían si el proceso se alarga más de la mitad del plazo legal o se prolonga en más de 12 meses desde que se declara el concurso.

Comendador apunta que “no podemos trabajar gratis, somos profesionales y nuestra misión es que los procedimientos concursales se lleven a cabo con seguridad jurídica y de forma justa para todos los implicados. Las medidas de castigo impuestas en la nueva Ley Concursal son un desprecio hacia el trabajo de la Administración Concursal, que siempre ha estado al servicio de la economía del país. Nosotros no somos el problema, somos la solución. Una especialización y regulación de la profesión son los factores que permitirán mejorar realmente el sistema.”

(SERVIMEDIA)
27 Ene 2022
JRN/gja