LA ACUSACION PARTICULAR SOLICITA CERCA DE 100 AÑOS PARA LOS PROCESADOS POR EL CRIMEN DE "COSTA POLVORANCA"

MADRID
SERVIMEDIA

La acusación particular y la acción popular del "casoCosta Polvoranca" han solicitado al juez penas de entre 4 y 30 años de cárcel para seis de los siete acusados por el asesinato de Ricardo Rodríguez, de 20 años, que murió el 29 de mayo de 1995 en una conocida zona de copas de Alcorcón (Madrid), y la absolución de uno de ellos. Las penas reclamadas suman cerca de 100 años de prisión.

La acusación particular, que representa a los padres del joven asesinado, y la Asociación "Jóvenes contra la Intolerancia", que ejerce como acción popular, consideran que os procesados deben cumplir penas de prisión por el asesinato de Ricardo Rodríguez y por las lesiones causadas a Raúl Tomillo, Antonio Hiciano y David Heredero, amigos de la víctima que se encontraban en el lugar de los hechos cuando se produjo la agresión.

Según la acusación, Cristóbal Castejón, Félix Chaves y Antonio Bronchalo son responsables de los delitos de asesinato y lesiones, en tanto que los también procesados David García, Alberto Villa y Antonio Cuenca son autores de un delito de lesiones or los que pide para ellos sendas penas de cuatro años y ocho meses de cárcel. Para Andrés Megías Mateo piden la absolución.

Además, la acusación reclama, en concepto de responsabilidad civil, el pago solidario de 25 millones de pesetas por parte de Castejón, Bronchalo y Chaves para indemnizar a los herederos de Ricardo Rodríguez García, y otro millón y medio a abonar por Villar, García y Cuenca.

La acusación mantiene que el crimen de "Costa Polvoranca" fue una agresión violenta, y no una riña tuultuaria. Según el escrito enviado al juez, los procesados que supuestamente acabaron con la vida de Ricardo Rodríguez pertenecían o eran simpatizantes del movimiento denominado "Bases Autónomas", de ideología "neonazi".

Asimismo, la acusación señala que tanto el joven asesinado como sus amigos, algunos de los cuales sufrieron lesiones el día de la agresión, eran jóvenes ligados al movimiento "punky", con los cuales los "skin-heads" mantienen un enfrentamiento abierto.

Aprecia como circunstanciasagravantes la alevosía con la que se produjo el homicidio, que lo convierte en asesinato, así como el abuso de superioridad en los cuatro delitos de lesiones.

Como circunstancias atenuantes, admite la minoría de edad del procesado Antonio Bronchalo, alias "El Tato". Este había nacido a las 10,30 horas del día 21 de mayo de 1.977 y los hechos tuvieron lugar entre las 2,30 y las 3,00 horas del 21 de mayo de 1995.

La vista oral del caso comenzará el próximo día 1 de abril en la Audiencia Provincial e Madrid, y se da la circunstancia de que coincide con la celebración de la vista oral del juicio contra los acusados por el crimen del joven David Martín, de 20 años, que falleció en el mes de octubre de 1995 en la localidad madrileña de Arganda, tras recibir una paliza mortal a manos de una pandilla de camorristas conocida como "Los pastilleros".

(SERVIMEDIA)
29 Mar 1997
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