ACUERDO EN LA UE SOBRE LOS CRITERIOS MINIMOS PARA INSPECCIONES MEDIOAMBIENTALES

BRUSELAS
SERVIMEDIA

El Parlamento Europeo y el Consejo han llegado a un acuerdo sobre los criterios mínimos para las inspecciones medioambientales en los Estados miembros. El principal obstáculo entre ambas instituciones era la naturaleza del texto, ya que los eurodiputados defendían que tuviera rango de directiva. Finalment, el Comité de Conciliación ha optado por un avance progresivo, comenzando con una recomendación que se transformará posteriormente en una directiva.

Dos años después de la entrada en vigor de la recomendación, los Quince informarán a la Comisión sobre su experiencia y el Ejecutivo comunitario revisará la efectividad del texto. Además, presentará un informe al Parlamento y al Consejo, acompañado, si fuera apropiado, de una propuesta de directiva.

El objetivo de la recomendación es contribuir a un aplicación más consistente y al refuerzo de las leyes medioambientales comunitarias en los Estados miembros. Además, el texto establecerá inspecciones para todas las instalaciones industriales y otras empresas cuyas emisiones estén sujetas a autorización, permiso o licencia bajo la legislación europea.

Estos controles incluyen visitas sobre el terreno y la verificación de la autoevaluación de los operadores de control de las instalaciones, además de la revisión de las premisas, el equipo y la idoneidd de la gestión medioambiental.

La recomendación prevé especialmente dos tipos de inspecciones. Una de ellas es la de rutina, realizada como parte de un programa de inspección planeado. La segunda se llevará a cabo como seguimiento de las quejas recibidas, además de la renovación o modificación de una autorización o la investigación de accidentes o incumplimientos.

(SERVIMEDIA)
10 Ene 2001
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