ACCIDENTE. EL AUTOBUS ES ENTRE 15 Y 20 VECES MAS SEGURO QUE EL COCHE, SEGUN UN ESTUDIO DE ASINTRA ENTRE 1970 Y 1997

MADRID
SERVIMEDIA

El vehículo particular ha sufrido, en el período 1970 y 1997, entre 15 y 20 veces mayor accidentalidad que el autocar, y entre cuatro y cinco veces más que el tren, según un estudio de la Federación Española Empresarial de Transportes de Viajeros (Asintra), al que ha tenido acceso Servimedia.

Según este estudio, durante ese perodo, el año en el que más accidentes de autobuses se produjeron fue en 1992, con 103 víctimas mortales, mientras que en 1989 fue cuando murieron más personas en accidentes de vehículos particulares, con 4.510 fallecidos.

El bajo número de víctimas en los accidentes de autobuses, en comparación con los demás medios de transporte, se debe a que, el autocar de pasajeros, "es el que está sometido a unos controles técnicos más exhaustivos, tanto en la clase y el número de tests exigidos, como en su frecuncia, ya que debe de pasar una ITV anual durante los primeros cinco años de vida, y a partir de esa fecha, de forma semestral".

En cuanto a la responsabilidad del conductor del autocar, el estudio destaca que, en tres de cada cuatro accidentes en los que está implicado un autocar y otro vehículo, el principal causante del mismo es el otro vehículo.

En este sentido, señala que el conductor de autocar "está sometido a una severa normativa en cuanto a conducción, hábitos y tiempos de descanso, d obligado cumplimiento".

El conductor de autocar no puede pasar más de cuatro horas y media al volante, un tope sólo ampliable, en 15 minutos, si con eso basta para llegar al destino. Las paradas deben de ser de 45 minutos y la jornada de conducción no debe de rebasar las nueve horas diarias, salvo dos veces a la semana que pueden llegar a diez horas.

Tras conducir durante seis días consecutivos, el conductor debe de tomar un descanso semanal y, el tiempo de conducción en dos semanas no puedeexceder de 90 horas. Así, si en una semana se conduce durante 56 horas (máximo permitido), en la siguiente sólo podrá conducirse durante 34 horas, puesto que sumando ambas se llega al máximo de 90 horas.

Además, se considera falta muy grave (con multa de hasta 460.000 pesetas) si la conducción initerrumpida rebasa las 6 horas, así como conducir durante más de 13 horas y media al día. Como falta grave (con multas de hasta 230.000 pesetas), circular con un exceso superior a un 20% de lo permitido en ls tiempos de conducción, y como falta leve (multas de hasta 46.000 pesetas), si se circula con un exceso de hasta un 20% para lo permitido en los tiempos de conducción.

(SERVIMEDIA)
06 Jul 2000
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