ABSUELTO UN CONDENADO POR AMENAZAS A UNA CONCEJAL DEL PP PORQUE EL DELITO YA HABÍA PRESCRITO
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El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia por la que absuelve a Galder Bilbao Martínez del delito de amenazas terroristas por el que fue condenado por la Audiencia Nacional a dos años de prisión. Los magistrados del Alto Tribunal consideran que ese delito ya había prescrito.
La sentencia revocada por la Sala de lo Penal Tribunal Supremo fue dictada por la Audiencia Nacional, cuyos magistrados consideraron probado que, en 1999, en el marco de una campaña de hostigamiento por parte de ETA, Bilbao y otras personas prepararon tres postales en el que se responsabilizaba a la destinataria, una concejala del PP, de ser parte de la política de dispersión de presos de etarras.
Concretamente, las tres postales fueron enviadas al domicilio particular de María Luisa Arrue Bergaleche, entonces concejal en Getxo y a quien se hizo saber que podía ser víctima de una acción violenta. La edil denunció los hechos a la policía e incrementó las medidas se seguridad en su vida diaria.
Bilbao fue detenido en el año 2003 por una causa ajena a estos hechos. Se comprobó que una de sus huellas dactilares era la misma que otra que se encontró en los sobres que contenían las postales.
Así, los magistrados de la Audiencia Nacional condenaron a Galder Bilbao a dos años de prisión por un delito de amenazas relacionadas con la actividad de la banda terrorista.
Sin embargo, los magistrados del Tribunal Supremo no están de acuerdo con este fallo y explican que el de amenazas es un delito de los clasificados como menos graves y que prescriben a los tres años, "plazo que había ya transcurrido cuando se dirigió el procedimiento contra el recurrente", Galder Bilbao.
En este sentido, añaden que "la carta que contenía expresiones amenazantes se recibió a principios del año 1999 y la identificación de una huella hallada en el sobre, que contenía el escrito amenazante, se llevó a cabo en el año 2003, cuando el recurrente fue detenido por otra causa".
Así, los magistrados del Tribunal Supremo declaran extinguida, por prescripción del delito, la responsabilidad criminal de Galder Bilbao Martínez en este caso y le absuelven del delito de amenazas.
(SERVIMEDIA)
01 Mayo 2005
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