Iberdrola recurre ante el Supremo la congelación de la tarifa eléctrica
- Afirma que es una "infracción legal manifiesta" y una decisión "claramente arbitraria"
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Iberdrola ha presentado ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo un recurso contencioso-administrativo contra la orden por la que se congelan las tarifas eléctricas. Una medida que, según la eléctrica, se ha justificado públicamente en razón del pacto energético que están negociando las dos principales fuerzas políticas españolas.
Dicho recurso, presentado el 8 de julio, se fundamenta en primer lugar en que, como resultado de tal congelación, el Gobierno ha incumplido el mandato legal imperativo que se consagra en la Ley del Sector Eléctrico, conforme a la cual la Administración está obligada a reconocer de forma expresa el exceso de déficit tarifario que, sobre el límite máximo de 3.500 millones de euros previsto para 2009, se haya producido finalmente.
Este exceso durante el pasado ejercicio ha ascendido, según la Liquidación 14 de la Comisión Nacional de Energía (CNE), a 1.116 millones de euros, de los que corresponden a Iberdrola el 35,01%.
Junto a esta "infracción legal manifiesta", Iberdrola impugna la orden porque adolece de otros vicios legales: en concreto, Iberdrola considera que ha sido dictada sin que haya informado sobre la misma en su texto definitivo la CNE, en cuanto se aparta de modo sustancial de la propuesta inicial, que sí fue objeto de informe por dicho organismo. Asimismo, y por iguales razones, no ha sido informada por el Consejo Consultivo de Electricidad y es "claramente arbitraria", añade.
Iberdrola solicita en su escrito la adopción de una medida cautelar, consistente en que se ordene al Ministerio de Industria que, mientras se resuelve el recurso, proceda a modificar la orden impugnada para que se reconozca expresamente en la misma el exceso de déficit mencionado, fijando el tipo de interés que debe aplicarse a las cantidades aportadas por la compañía e incrementando los peajes de acceso en términos tales que le permitan recuperar dichas cantidades más los intereses resultantes al tipo de interés aludido.
(SERVIMEDIA)
12 Jul 2010
CCB/lmb