Tráfico. Los conductores pueden quedarse sin coche si delinquen contra la seguridad vial a partir de navidades
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
Los conductores que cometan algún delito contra la seguridad vial podrían quedarse sin su vehículo a partir de las próximas navidades, aunque esta situación dependerá del criterio del juez.
Esto será posible después de que la última reforma del Código Penal fuera publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE), aunque entrará en vigor el próximo 22 de diciembre.
Una de las principales novedades de esta reforma es que todos los delitos relacionados con la seguridad vial (como exceso de velocidad o conducir bajo los efectos del alcohol, las drogas, sin carné o sin puntos) pueden conllevar el decomiso del vehículo, si bien la decisión dependerá del juez.
Esta situación estaba prevista inicialmente sólo para los conductores kamikazes, es decir, los que "con manifiesto desprecio por la vida de los demás", manejaran un vehículo "con temeridad manifiesta y poniendo en peligro la vida o la integridad de las personas".
Ahora se amplía, aunque siempre según el parecer del juez, a conducir con un exceso de velocidad superior en 60 kilómetros por hora en vía urbana o en 80 kilómetros por hora en vía interurbana, o conducir bajo la influencia de las drogas o con una tasa de alcohol superior a 1,2 gramos por litro en sangre.
Negarse a realizar la prueba de alcoholemia o consumo de drogas; conducir sin carné, con los puntos retirados o privado cautelar o definitivamente del carné por decisión judicial y colocar en la vía obstáculos, derramar sustancias o anular la señalización también son considerados delitos contra la seguridad vial.
Por otro lado, la reforma del Código Penal elimina la actual disyuntiva entre la pena de prisión y la de multa y trabajos en beneficio de la comunidad, y establece estos tres tipos de penas como alternativas, según el criterio del juez.
Además, en todos estos casos, salvo en los de conducción temeraria o kamikazes, el juez puede rebajar un la pena de cárcel si considera el riesgo como de menor entidad.
Una de las asociaciones de conductores, Automovilistas Europeos Asociados (AEA), mostró hoy su disconformidad con la reforma del Código Penal en relación al decomiso del vehículo para todos los delitos contra la seguridad vial.
"Si lo que se persigue es una medida precautoria o cautelar para evitar que se pueda utilizar temporalmente un vehículo mientras alguien está privado del derecho a conducir o sometido a cualquier programa de desintoxicación de alcohol o drogas, lo que habría que regular no es el decomiso, sino el depósito, que es una figura más adecuada para estos supuestos, ya que permite recuperar la posesión del vehículo una vez que el automovilista ha pagado su deuda con la sociedad", concluyó.
(SERVIMEDIA)
23 Jun 2010
MGR/lmb