Cataluña. Hacienda publica una orden que recoge la gestión del pago de las nóminas de los funcionarios de diciembre
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El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó este viernes una orden del Ministerio de Hacienda y Función Pública sobre operaciones contables de cierre del ejercicio presupuestario de 2017 en Cataluña, que recoge, entre otras cosas, la gestión del pago de las nóminas de los empleados públicos de la Generalitat del mes de diciembre.
En la orden se explica que la proximidad del fin del ejercicio presupuestario del año 2017 hace necesario que se dicten normas sobre las operaciones de cierre del presupuesto, puesto que la normativa que regula la contabilidad no prevé con detalle estas operaciones.
Por otro lado, Hacienda indica que también hay que establecer plazos para presentar y tramitar determinadas operaciones y documentos contables.
En cuanto al ámbito de aplicación, se explica que las normas que contiene esta orden son aplicables al sector público administrativo de la Generalitat de Cataluña, es decir, departamentos, entidades autónomas administrativas y al Servicio Catalán de la Salud.
Respecto a las nóminas, se explica que en el mes de diciembre se pueden contabilizar hasta el día 18 de diciembre. Los servicios correspondientes que gestionan la nómina las deben remitir, junto con sus documentos contables, a las intervenciones delegadas y territoriales hasta el 15 de diciembre (incluido).
Una vez contabilizadas las nóminas se deben enviar para su pago a la Subdirección General de Tesorería antes del 22 de diciembre. Los documentos de gastos derivados de indemnizaciones por razón de servicios se pueden contabilizar hasta el 11 de diciembre de 2017 (incluido).
OPERACIONES APERTURA 2018
Por otra parte, Hacienda explica que una vez efectuada la apertura del ejercicio presupuestario 2018, el Departamento de la Vicepresidencia y de Economía y Hacienda tiene que efectuar la contabilización de las fases correspondientes de retención de crédito, autorización o compromiso, mediante procesos informáticos o mediante la captura de los documentos contables correspondientes, relativos a expedientes de gasto de alcance plurianual y de tramitación anticipada.
En el supuesto de que en el presupuesto del ejercicio 2018 no haya crédito o sea insuficiente para efectuar algunas de las retenciones referidas, el citado departamento tiene que llevar a cabo las actuaciones que considere necesarias para completarlas.
Además, se señala que las entidades autónomas administrativas deben presentar a la Intervención General antes del día 30 de marzo de 2018 los estados contables de liquidación y la memoria del ejercicio 2017 debidamente aprobados, de acuerdo con las instrucciones que dicte la Intervención General de la Generalitat.
(SERVIMEDIA)
17 Nov 2017
BPP/caa