Cataluña. Forcadell trata de acotar los efectos jurídicos de la DUI asegurando que fue “declarativa y simbólica”
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La presidenta del Parlamento de Cataluña, Carme Forcadell, ha tratado de acotar los efectos jurídicos de la Declaración Unilateral de Independencia (DUI) asegurando ante el juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena que su aprobación fue “declarativa y simbólica”, según han explicado fuentes jurídicas presentes en la declaración.
Como el resto de los miembros de la Mesa del Parlament, Forcadell ha acatado la aplicación del artículo 155 de la Constitución y ha dicho en respuesta a preguntas de la Fiscalía que la votación y aprobación de la DUI tenía “carácter simbólico”. Puntualizó, además, que permitió la votación de la DUI para favorecer el debate parlamentario sin censuras.
De este modo, la presidenta de la Cámara acentúa el carácter netamente político de los sucedido en la sesión del Parlament del 27 de octubre en la que se votó en secreto la DUI y trata de restarle valor jurídico.
Los seis miembros del órgano de gobierno de la Cámara autonómica están acusados de los delitos de rebelión, sedición y malversación por haber permitido la votación en el Parlament de la DUI.
Forcadell insistió en todo momento en que su deseo como presidenta del Parlament siempre fue el de permitir el debate político, respetar la libertad de los grupos parlamentarios y preservar la integridad de la actividad parlamentaria sin controlar el contenido de los debates.
Según ha defendido, impedir el debate planeado habría sido una violación de los principios de un Estado democrático y de las normas que rigen el funcionamiento del Parlamento de Cataluña. En ese sentido, defendió que el Tribunal Constitucional no puede suspender debates parlamentarios antes de que se produzcan, actuando como un filtro de censura, e insistió en que, en todo caso, puede hacerlo `a posteriori´. Además, repitió en varias ocasiones que no hubo violencia a lo largo del proceso.
Ahora, la Fiscalía tendrá que valorar si sus explicaciones son suficientes para descartar la petición de prisión incondicional, por desaparición del riesgo de reiteración delictiva, uno de los principales argumentos para solicitar la prisión incondicional, y rebaja las medidas cautelares que solicite finalmente.
El ministerio público planteará las medidas cautelares al finalizar todas las declaraciones, momento en que se celebraran las correspondientes vistas. Una vez celebradas, el magistrado Pablo Llarena se tomará un tiempo de reflexión tras el cual dictará los autos correspondientes con las medidas que finalmente acuerde.
(SERVIMEDIA)
09 Nov 2017
SGR/caa