Competencia abre expediente sancionador contra patronal y sindicatos de la estiba

MADRID
SERVIMEDIA

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha incoado un expediente sancionador contra patronal y sindicatos de la estiba por posibles prácticas restrictivas de la competencia en el sector.

En concreto, la actuación de la CNMC se dirige a la Asociación Nacional de Empresas Estibadoras y Consignatarias de Buques (Anesco), la Coordinadora Estatal de Trabajadores del Mar (CETM), UGT, CC.OO, la Confederación Intersindical Galega (CIG), Langile Abertzaleen Batzordeak (LAB) y Eusko Langileen Alkartasuna (ELA).

En un comunicado, la Comisión indicó que dichas prácticas consisten en la restricción de la libertad de contratación de trabajadores para la prestación del servicio portuario de manipulación de mercancías y en la limitación de la libertad de las empresas prestadoras de dicho servicio de participar o no en sociedades cuyo objeto social sea la puesta a disposición de los citados trabajadores.

Tales conductas se recogen en el acuerdo alcanzado el 6 de julio de 2017 para modificar el IV acuerdo para la regulación de las relaciones laborales en el sector de la estiba portuaria.

Desde la CNMC indicaron que la modificación de este convenio colectivo ha tenido lugar tras la entrada en vigor del Real Decreto-ley 8/2017, de 12 de mayo, por el que se modifica el régimen de los trabajadores para la prestación del servicio portuario de manipulación de mercancías dando cumplimiento a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 2014.

En dicha sentencia se constataba el incumplimiento por parte del Reino de España de las obligaciones recogidas en el artículo 49 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

Con carácter previo a la incoación de este expediente, la Dirección de Competencia inició de oficio una información reservada. La CNMC asegura que “ha observado indicios racionales de la existencia de conductas prohibidas por la normativa de competencia”.

La incoación de este expediente, recuerda el supervisor, no prejuzga el resultado final de la investigación. Se abre ahora un periodo máximo de 18 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por la CNMC.

(SERVIMEDIA)
06 Nov 2017
BPP/nbc