Vivienda. Las hipotecas con proceso de desahucio iniciado no se beneficiarán de los nuevos plazos de vencimiento anticipado
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Los deudores hipotecarios a los que el banco les haya iniciado un proceso de ejecución cuando la nueva ley hipotecaria entre en vigor no se podrán beneficiar de los nuevos plazos establecidos para el vencimiento anticipado del préstamo.
Así lo explicaron fuentes del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, que indicaron que esta parte de la ley sí será retroactiva con todas las hipotecas que no estén inmersas en el proceso de ejecución.
En esta nueva normativa, frente al impago de tres recibos fijado como límite para iniciar el proceso de desahucio hasta ahora, se fija un plazo de nueve cuotas mensuales impagadas o una cuantía que supere el 2% del capital concedido durante la primera mitad de la vigencia de la hipoteca.
Durante la segunda mitad de la hipoteca, el porcentaje es del 4% o de 12 cuotas mensuales impagadas, recordaron estas fuentes.
Otro aspecto en el que la norma tendrá carácter retroactivo será en el de las medidas orientadas a favorecer el cambio de hipoteca de tipo variable a fijo.
En concreto, los incentivos para la conversión a tipos de interés fijos en los préstamos inmobiliarios son superiores a los de las comisiones de cancelación. La comisión máxima será del 0,25% del capital pendiente de amortizar si la novación o subrogación del préstamo se produce durante los tres primeros años de vigencia del contrato y de cero si se produce con posterioridad.
Además, se rebajan los aranceles de notarios y registradores que se corresponderían con los vigentes para un documento sin cuantía (unos 30 euros) y una inscripción mínima (unos 24 euros).
Con ello, según el Ministerio, se eliminan las barreras a la competencia que pueden existir ahora para llevar a cabo un cambio de este tipo ya que puede resultar muy caro, que puede llegar a ser muy importante si se produce una subida de los tipos de interés.
Sin embargo, la nueva ley no será retroactiva en lo referente a la fijación de los intereses de demora, en los gastos de cancelación o en lo referido a la posibilidad de cambiar a euros las hipotecas realizadas en otras divisas.
En cuanto a la tramitación de la ley, Economía trabaja con la hipótesis de que pueda estar aprobada antes de que concluya el primer semestre de 2018.
De esta manera, el departamento dirigido por Luis de Guindos, confía en evitar la multa que podría recibir el Reino de España por la demora en la aplicación de la directiva, asunto que actualmente está en manos del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
(SERVIMEDIA)
03 Nov 2017
JBM/bpp