Andalucía. El BOJA publica la Ley de Discapacidad
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La ‘Ley de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía’ se ha publicado este miércoles en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), una normativa que afectará a más de 720.000 personas de esta comunidad autónoma y que entrará en vigor dentro de 20 días.
Entre los compromisos recogidos por esta ley destaca la inclusión social de las cerca de 720.000 personas con discapacidad, un 10% de la población andaluza, y de las que un 61% son mujeres. Además, en el ámbito de la formación y el empleo, se han establecido medidas como que las ofertas de empleo público y las bolsas de trabajo temporal se establezca la reserva de un cupo no inferior al 10% del número de plazas para personas con discapacidad y que se reserve el 1% para personas con enfermedad mental.
En los cursos de formación para el empleo, programas de escuelas taller, casas de oficios, y talleres de empleo organizados por la Administración de la Junta de Andalucía, se establece una reserva del 5%.
En cuanto a la educación, esta normativa establece la prohibición expresa a los centros docentes públicos o privados de denegar el acceso a sus servicios y actividades a los alumnos o demás miembros de la comunidad educativa con discapacidad.
Asimismo, las universidades andaluzas deben elaborar un censo del alumnado con discapacidad y aprobar un plan especial de accesibilidad, así como disponer de una unidad o servicio de atención o apoyo a la discapacidad.
También defiende el derecho a la vida independiente a través de la asistencia personal, impulso de viviendas tuteladas o compartidas para la promoción de la autonomía personal y a introducir apoyos y ajustes razonables en los programas y actuaciones de transición a la vida adulta destinados a jóvenes.
En cuanto a la accesibilidad universal, la Administración autonómica estará obligada a incluir en su regulación sobre la materia todos los entornos físicos y de información y la comunicación, incluidos bienes, productos y servicios, para permitir su uso por el mayor número de personas con independencia de cuáles sean sus capacidades.
En vivienda, esta normativa destaca la reserva de un 4% de las viviendas protegidas para personas con discapacidad y, como novedad, se dispone la regulación de la figura de las denominadas ‘viviendas convertibles’, diseñadas con el fin de permitir su fácil adaptación a las diferentes funcionalidades. Asimismo, las personas con discapacidad tendrán preferencia en la concesión de ayudas para la adaptación de las viviendas.
La ley prevé crear un órgano de resolución extrajudicial de conflictos en materia de igualdad de oportunidades y no discriminación, que estará adscrito a la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales. Esta junta arbitral se completará con otra en colaboración con la Administración central para los conflictos que exceden del ámbito autonómico.
El texto incluye, además, un régimen sancionador en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal con multas que van desde 301 a un millón de euros dependiendo de la calificación de la infracción.
(SERVIMEDIA)
04 Oct 2017
ABG/gja