El Supremo permite que dos empresas exploten simultáneamente productos con el mismo nombre
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha decidido permitir que dos empresas distintas exploten simultáneamente productos cuya marca es "confundible", ya que sus signos distintivos y sus nombres son similares.
En la sentencia hecha pública hoy, de la que ha sido ponente el magistrado Jesús Corbal Fernández, se resuelve una situación singular en la que las partes enfrentadas son respectivas titulares, cada una, de varias marcas que son confundibles en sus signos distintivos y en los productos que designan, denominados "Monix".
Los magistrados de la Sala de lo Civil subrayan que esta situación fue creada con plena conciencia por ambas partes porque, cuando la demandada adquirió sus marcas de la anterior titular (Comercial Monix, S.A.), sabía perfectamente que quedaban otras en poder de esta. A su vez, cuando la demandante compró sus marcas a Comercial Monix, también conocía que la demandada era titular de otras marcas, e incluso trató de comprárselas.
La Sala descarta que exista una actuación fraudulenta o de mala fe en ninguna de las respectivas adquisiciones. Por ello, la solución que acoge es la adoptada por la sentencia de la Audiencia Provincial de convivencia de las marcas.
Apoya esta decisión en que ningún precepto legal de la Ley de Marcas vigente en la fecha del litigio es directamente aplicable al caso concreto y en que la situación producida ha sido creada por las partes con cabal conocimiento de las circunstancias, por lo que han de asumir las consecuencias jurídicas derivadas de su propio actuar jurídico.
Así, la primera adquirente conocía perfectamente que la entidad transmitente conservaba otras marcas confundibles, sin abandono ni renuncia a su uso y explotación. De ello deriva que se creó, de forma asumida, implícita pero inequívocamente, una situación de convivencia de marcas, que, aunque confundibles, no era incompatibles en el sentido de no poder ser atacadas recíprocamente por ninguno de los respectivos titulares.
(SERVIMEDIA)
02 Jun 2010
DCD/pai