El Abogado General de la UE considera que los Estados miembros pueden “prohibir y sancionar” penalmente a Uber
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
El Abogado General de la Unión Europea (UE), Maciej Spuznar, considera que los Estados miembros pueden “prohibir y sancionar penalmente” el ejercicio ilegal de una actividad de transporte como UberPop, sin tener que notificar previamente el proyecto de ley a la Comisión.
En una nota de prensa, el Abogado General responde así en referencia al caso de Uber France, encausada por haber organizado a través de UberPop un sistema de conexión de clientes y conductores no profesionales. Una directiva europea obliga a los Estados miembros a notificar a la Comisión todo proyecto de ley o de reglamento que establezca reglas técnicas relativas a los productos y servicios de la sociedad de la información.
Sin embargo, las autoridades francesas no notificaron el proyecto de ley a la Comisión antes de su promulgación y Uber France deduce de ello que no puede ser encausada por los cargos antes citados.
El Abogado General de la UE recuerda que el servicio UberPop está incluido en el ámbito del transporte y no es un servicio de la sociedad de la información en el sentido en que lo señala la Directiva europea. Por ello, esta normativa no es aplicable y no es necesario notificar el proyecto de ley a la Comisión.
Por otra parte, Spuzner también examina el supuesto en el que el Tribunal de Justicia comunitario considere que UberPop es un servicio de la sociedad de la información. En ese caso, concluye que la prohibición y la sanción penal a Uber no constituye un “reglamento técnico”, por lo que, de nuevo, no es necesario notificar el proyecto de ley a la Comisión.
(SERVIMEDIA)
04 Jul 2017
MMR/gja