La CNMC multa a la ACB con 400.000 euros por dificultar el ascenso a la Liga Endesa
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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado a la Asociación de Clubes de Baloncesto (ACB) con una multa de 400.000 euros por imponer condiciones económicas desproporcionadas y discriminatorias para el ascenso de otros clubes a la Liga ACB (actual Liga Endesa).
Este organismo informó este miércoles que considera acreditado que la ACB, a través de una serie de acuerdos adoptados a partir de 1991, impuso “unas condiciones económico-administrativas desproporcionadas, inequitativas y discriminatorias” respecto a los clubes de baloncesto que tienen derecho a ascender de la Liga LEB Oro a la Liga ACB por méritos deportivos, pero que no han sido previamente miembros de la asociación.
Estos acuerdos han impedido el ascenso de varios clubes a la Liga ACB y han distorsionado la capacidad de competir de otros equipos recién ascendidos, que han tenido que hacer esfuerzos financieros muy importantes y han partido con desventaja a la hora de afrontar los fichajes de jugadores y otros gastos e inversiones, según la CNMC.
La Comisión inició el expediente sancionador contra la ACB en octubre de 2015 tras estudiar la denuncia presentada por el Club Baloncesto Tizona. Tras instruir ese caso, ha acreditado que la Asociación de Clubes de Baloncesto, a través de dos mecanismos económicos, el establecimiento de una cuota de entrada y de un Fondo de Ascensos y Descensos, obstaculizó de forma desproporcionada, inequitativa y discriminatoria que otros equipos no pertenecientes a la asociación jugaran en su Liga. De esta forma, favoreció a los que ya estaban en la ACB, a pesar de que algunos de ellos deberían haber descendido por sus resultados deportivos.
La CNMC considera que la cuota de entrada (conocida como ‘canon de la ACB’) que se impuso a los otros clubes para su ascenso es un mecanismo de expropiación de parte de los ingresos futuros de los equipos, ya que se reparte entre los miembros de la ACB, sólo les beneficia a ellos y no supone un mejor funcionamiento de la competición.
Además, señala que la ACB no ha acreditado ninguna razón que justifique la existencia del canon, ya que es “una medida innecesaria y claramente desproporcionada”. De hecho, actualmente, ya existe otro mecanismo económico aplicable a los clubes que se inscriben por primera vez en la Liga (la cuota de participación en el valor patrimonial de la ACB) que remunera las inversiones realizadas en la asociación pendientes de amortización.
‘CANON DE LA ACB’
El conocido como ‘canon de la ACB’, según la CNMC, es desproporcionado, al ser muy superior a los ingresos anuales medios de cualquier club antes de pertenecer a la ACB y superar los beneficios medios anuales que tienen los miembros de la asociación, especialmente los recién ascendidos. Otro factor que indica esa desproporción es que entre las temporadas 1992/1993 y 1993/1994 se incrementó desde los 601.012 euros hasta los 2,4 millones de euros, sin justificación alguna ni ventajas adicionales para los nuevos miembros de la ACB.
Actualmente, hay ocho clubes en la Liga ACB que nunca han pagado esta cuota y, en el futuro, si descienden y vuelven a ascender sólo tendrían que pagar una actualización de una cuantía mucho menor.
Por otra parte, la CNMC considera discriminatorio el Fondo de Ascensos y Descensos (FRAD) impuesto al club que asciende a la Liga ACB para hacer frente a la pérdida económica que implica para la ascenso el descenso del otro equipo.
Ahora hay nueve clubes en la ACB que se benefician de este seguro, aunque no han contribuido nunca al mismo debido a que se introdujo en una fecha posterior a su ingreso en la asociación. La CNMC ve más proporcionado que todos los clubes que han participado en la Liga ACB cubrieran este fondo.
En consecuencia, la CNMC declara responsable a la ACB de una conducta prohibida por el artículo 1 de la Ley 16/1989, de Defensa de la Competencia y por el artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, consistente en adoptar acuerdos que imponen unas condiciones económico-administrativas desproporcionadas, inequitativas y discriminatorias respecto a los clubes de baloncesto que adquieren el derecho a ascender de la Liga LEB ORO a la Liga ACB por méritos deportivos, y que no han sido previamente miembros de la ACB.
La CNMC impone una multa a la ACB de 400.000 euros e insta a la asociación a que en el futuro se abstenga de realizar conductas semejantes a la tipificada y sancionada en la resolución, contra la cual no cabe recurso alguno en vía administrativa, pero puede recurrirse por la vía contencioso-administrativa en la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses.
(SERVIMEDIA)
12 Abr 2017
MGR/pai