La CNMC sanciona a Endesa, Iberdrola, Gas Natural y Viesgo con 155.000 euros por formalizar contratos sin consentimiento del cliente

MADRID
SERVIMEDIA

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado a Endesa Energía, Iberdrola Clientes, Gas Natural Servicios y Viesgo Energía como responsables de infracciones leves de la Ley del Sector Eléctrico y de la del Sector de Hidrocarburos.

La infracción es por formalizar contratos de gas y electricidad sin el consentimiento de varios clientes y el montante conjunto de la sanción asciende a 155.000 euros.

En concreto, según informó este jueves la CNMC en un comunicado, la sanción a Endesa Energía es de 100.000 euros (cinco multas de 20.000 euros cada una), a Iberdrola Clientes es de 30.000 euros, a Viesgo Energía es de 15.000 euros y en el caso de Gas Natural Servicios, de 10.000 euros.

La Comisión explicó que ha resuelto estos expedientes tras recibir siete reclamaciones de usuarios que presentaron sus denuncias directamente ante el organismo o a través de las oficinas municipales de información al consumidor.

En estos casos, los clientes denunciaron haber sufrido un cambio de comercializador (compañía que ofrece los servicios de gas o electricidad) sin haber dado su consentimiento.

En consecuencia, la CNMC procedió a la apertura de un periodo de información previa y, en atención a las circunstancias de cada caso, se abrieron los correspondientes expedientes sancionadores a estas cuatro comercializadoras de electricidad y gas natural por incumplir la legislación vigente.

La normativa establece, recuerda el regulador, el derecho del consumidor para elegir suministrador, y asimismo, las comercializadoras de electricidad y gas natural deben cumplir los requisitos de contratación y apoderamiento con los clientes.

La CNMC asegura que ha acreditado que en los casos sancionados, las compañías no respetaron el procedimiento de contratación y no contaron con el consentimiento de los clientes.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia subrayó que “tiene por objeto garantizar, preservar y promover el correcto funcionamiento, la transparencia y la existencia de una competencia efectiva en todos los mercados y sectores productivos, en beneficio de los consumidores y usuarios”.

Estas resoluciones pueden ser recurridas ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses.

(SERVIMEDIA)
09 Mar 2017
BPP/gja