El Gobierno permite a farmacias y comercios vender a distancia medicamentos veterinarios sin receta
- Si lo notifican a las autoridades autonómicas
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El Consejo de Ministros aprobó este viernes un real decreto por el que se regula la venta a distancia de medicamentos veterinarios no sujetos a prescripción obligatoria y con el que las oficinas de farmacia y lo establecimientos comerciales detallistas de venta de estos productos deberán notificar a las autoridades de sus comunidades autónomas el inicio de ese nuevo canal de comercialización.
Esta norma posibilita una modalidad de venta de medicamentos veterinarios que responde a la creciente demanda de los ciudadanos de realizar la mayor parte de sus gestiones y adquisiciones a través de medios electrónicos, por la comodidad y ahorro de tiempos que estos medios aportan.
Por razones de seguridad y sanidad pública y animal, se limita esta posibilidad de venta a los medicamentos veterinarios que no están sujetos a la obligatoriedad de prescripción veterinaria, tal como establece la ley sobre medicamentos veterinarios que desarrolla el real decreto aprobado hoy.
Así, los medicamentos veterinarios sin receta podrán ser dispensados desde oficinas de farmacia y comercios detallistas que hagan constar a las autoridades de las comunidades autónomas donde se ubican el inicio de la venta a distancia. Todas las dispensaciones estarán asesoradas por el farmacéutico responsable del centro que hace la venta, con objeto de preservar la seguridad de su utilización.
(SERVIMEDIA)
25 Nov 2016
MGR/gja