El Supremo anula el despido de una profesora de Religión casada con un divorciado

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo (TS) considera “despido nulo por violación de derechos fundamentales” que no se llamase a una profesora de Religión para el curso 2012-2013. La docente inició un pleito una década antes, tras casarse con un divorciado, y entonces ya se declaró nulo un primer despido. El Supremo cree el último “tiene los síntomas de ser una represalia”.

Según informó el Supremo este viernes, estima ahora el recurso de la mujer para el curso 2012-2013 y condena al Ministerio de Educación, la Consejería de Educación andaluza y el Obispado de Almería a readmitirla y pagarle los salarios de tramitación que se devenguen hasta que tenga lugar la readmisión.

Según el TS, vuelve a producirse una vulneración de sus derechos fundamentales. “La existencia del procedimiento anterior durante once años, proceso en el que se consideraron vulnerados derechos como el de igualdad y no discriminación, libertad religiosa, intimidad y otros, constituía un indicio suficiente de la continuidad en la violación de los derechos fundamentales que se había sancionado en el anterior proceso, máxime cuando el nuevo despido se produjo, prácticamente, sin solución de continuidad, lo que constituía, igualmente, un síntoma de una represalia”, indica el Supremo.

La resolución añade que “la existencia de esos indicios y sospechas obligaba a la demandada a probar que su proceder estaba fundado en razones justas y objetivas, que era ajeno a todo propósito de revancha y que con él no se pretendía burlar la ley”, prueba que, según el Supremo, “no se ha logrado”.

(SERVIMEDIA)
11 Nov 2016
AHP/gja