Air Comet. Admitido a trámite el concurso de acreedores por un agujero de unos 225 millones de euros
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El Juzgado de lo Mercantil número 8 de Madrid ha admitido a trámite la declaración de concurso voluntario de Air Comet, que según la documentación presentada por la aerolínea presenta un agujero contable de unos 225 millones de euros.
Según el auto dictado este martes por el juez Francisco de Borja Villena Cortés, Air Comet cuenta con un inventario de activo total de 84.512.381,78 euros, frente a una relación de acreedores por un total de pasivo de 310.410.873,23 euros.
La aerolínea de Gerardo Díaz Ferrán presentó la declaración de concurso voluntario el pasado 24 de marzo. Al apreciarse ciertos defectos en la solicitud, el juzgado requirió su subsanación por providencia de 26 de marzo. Esta correción fue presentada por Air Comet el 14 de abril.
El juez ha nombrado administradores concursales de Air Comet a Luis A. Arqued Alsina, a Mariano Hernández Montes y a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, que en su representación deberá designar a un administrador. Su misión será elaborar un informe concursal de Air Comet.
Para ello, la Administración concursal pedirá a los acreedores que le sean comunicados los créditos en el plazo de un mes, contados desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el BOE.
Los acreedores deberán comunicar sus créditos, debidamente documentados, expresando su cuantía, causa, fecha y, en su caso, clasificación pretendida, en un escrito dirigido a la atención de la administración concursal.
Además, la administración concursal intervendrá las facultades de administración y disposición sobre todos los bienes y derechos de Air Comet que hayan de integrarse en las masas del concurso.
Por su parte, la aerolínea tiene un plazo de cinco días para aportar la relación íntegra de arrendamientos sobre bienes inmuebles en los que la concursada sea parte, la declaración jurada de los bienes inmuebles que hubieran sido enajenados o gravados en los dos años anteriores y la relación de deudas objeto de condonación o remisión en los dos últimos años, y de constitución en esos dos últimos años de garantías reales nuevas a favor de acreedores que anteriormente no contaban con ellas.
También debe aportar la relación jurada de deudas que en el último año hubieran sido satisfechas con anterioridad a la fecha prevista para su vencimiento ordinario y la indicación de si existen o no salarios pendientes de pago, total o parcialmente, señalando, en su caso, el número de mensualidades, cuantía y trabajadores afectados.
De no cumplirse este requerimiento en toda su extensión, se entenderá que Air Comet incurre, a todos los efectos legales, en falta del deber de colaboración, con cuantas consecuencias de ello se deriven, civiles y penales.
Contra este auto cabe recurso de reposición ante el juzgado de lo mercantil dentro de los cinco días siguientes a su notificación.
(SERVIMEDIA)
20 Abr 2010
JBM/caa