La CNMC impone una multa de 638.770 euros a Istobal
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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto una sanción de 638.770 euros a la empresa Istobal, fabricante de máquinas de lavado para coches, por conductas anticompetitivas.
Según explica la CNMC, esta empresa diseñó una estrategia dirigida a excluir del mercado a los servicios de asistencia técnica (SAT) independientes que pretende justificar haciendo referencia a su necesidad de garantizar que el buen nombre de su marca no se deteriorase en el caso de que el mantenimiento y la reparación de sus máquinas no fueran realizadas con un determinado nivel de calidad.
Para Competencia, esta justificación se ha considerado insuficiente, pues la conducta constituye un abuso de posición de dominio.
En concreto, la CNMC considera acreditado que Istobal negó el suministro de piezas de repuesto e información técnica a los SAT independientes, es decir, que no formaban parte de su red autorizada.
Asimismo, considera que se repartió geográficamente el mercado de servicios de reparación y mantenimiento de maquinaria de los centros de lavado de automóviles.
Istobal es una multinacional española especializada en la fabricación de puentes y trenes de lavado para automóviles, autobuses y camiones, así como su posterior servicio posventa y el suministro de piezas de recambio para sus máquinas.
Esta empresa opera en 75 países y tiene suscritos contratos en exclusividad para la venta, mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo de lavado para vehículos con las principales compañías distribuidoras de carburantes que operan en España.
Una vez instruido el expediente, la CNMC considera acreditado que Istobal contaba con un acuerdo restrictivo de la competencia que se traducía en varios acuerdos para no suministrar repuestos a los SAT independientes.
En el cálculo de la sanción, Competencia ha tenido en cuenta que el daño causado al bienestar social es limitado y por esta razón representa el 2% de la facturación en 2015.
Contra esta resolución no cabe recurso alguno en vía administrativa, pudiendo interponerse recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación.
(SERVIMEDIA)
15 Jul 2016
JBM/caa