Los contribuyentes pueden solicitar ya el borrador de la declaración de la renta
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La Agencia Tributaria comienza este lunes el envío de borradores del Impuesto de la Renta de la Personas Físicas correspondiente al año 2009 y abre el plazo para modificarlos y confirmarlos.
Según informa la Agencia Tributaria, los contribuyentes que no hubieran solicitado el borrador en la Renta del año pasado también podrán solicitarlo a partir de hoy.
Para aquellos contribuyentes que lo indicaron a través de la casilla de petición en la declaración del IRPF o confirmando el borrador, la solicitud quedó registrada y se les enviará el borrador o los datos fiscales a su domicilio sin necesidad de que repitan esa petición.
Así, ya hay 16,5 millones de solicitantes de borrador, cuando el plazo de solicitud del mismo o de los datos fiscales acaba el 23 de junio.
El contribuyente, una vez que reciba el borrador, debe revisarlo para completarlo o modificarlo, si fuese necesario. La confirmación del borrador supone la presentación de la declaración del IRPF. El plazo de confirmación de borrador concluye el 30 de junio (último día de Campaña de Renta), salvo si el resultado es a ingresar y se domicilia el pago, en cuyo caso, el plazo acaba el 25 de junio.
Además, existen varias vías para confirmar el borrador, según sea el resultado a devolver o a ingresar y si se domicilia o no el pago. La domiciliación no impide seguir fraccionando en dos plazos el pago del impuesto, el segundo plazo se paga el 5 de noviembre.
SOLICITANTES
Pueden solicitar el borrador los contribuyentes que sólo tengan rendimientos del trabajo, rendimientos del capital mobiliario con retención o ingreso a cuenta, Letras del Tesoro, imputación de rentas inmobiliarias de dos inmuebles como máximo, ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta y subvenciones para la adquisición devivienda habitual.
La deducción por adquisición de vivienda habitual con préstamo hipotecario, la reducción por aportaciones a planes de pensiones y la deducción por donativos no impiden recibir el borrador.
Si el contribuyente que lo solicita reúne estas condiciones, la Agencia Tributaria le enviará el borrador de declaración y los datos fiscales con los que se ha calculado; si no se le puede enviar el borrador, siempre recibirá los datos fiscales.
(SERVIMEDIA)
05 Abr 2010
GFM