26-J. La Junta Electoral Central desestima un recurso de Unidos Podemos contra RTVE
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La Junta Electoral Central (JEC) ha desestimado un recurso presentado por Unidos Podemos contra RTVE por la distribución de los espacios de cada candidatura durante la campaña para las elecciones del próximo 26 de junio.
El recurso se dirigía contra el plan de cobertura informativa de RTVE, y ha sido desestimado por considerar que el criterio tenido en cuenta, el número de escaños y no el de votos, "no resulta contrario a los principios de pluralismo político y neutralidad informativa" y además es "el reiteradamente adoptado en anteriores procesos electorales".
La JEC considera que Unidos Podemos "confunde" la regulación que la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg) hace de la distribución de espacios gratuitos en los medios públicos de comunicación (artículos 60 a 65 y 67) y la que establece para la cobertura informativa de la campaña electoral mediante información, debates y entrevistas (artículo 66).
En este caso, explica, "no resultan aplicables los artículos 60 a 65 de la LOREG, sino el artículo 66, que se limita a exigir el respeto a los principios de pluralismo político y social, igualdad, proporcionalidad y neutralidad informativa".
Respecto de los planes de cobertura informativa de la campaña, recuerda la JEC, en sus propias instrucciones solo se indica que la duración de la información dedicada a cada formación política "se ajustará proporcionalmente a los resultados obtenidos en las últimas elecciones equivalentes en el ámbito de difusión del medio, sin especificar si esos resultados deben medirse en votos o escaños".
Por eso, añade, la JEC considera que corresponde al medio elegir entre uno u otro criterio, o incluso a la combinación de ambos, "considerando que medir los resultados en función del número de escaños obtenidos es conforme a los principios de pluralismo político y neutralidad informativa". La JEC recuerda que ese criterio ha sido avalado por los tribunales.
(SERVIMEDIA)
10 Jun 2016
CLC/caa