Las empresas que reduzcan la siniestralidad podrán recortar un 5% su cotización por contingencias profesionales
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Las empresas que contribuyan en mayor medida a la disminución y la prevención de los accidentes laborales podrán aplicar una reducción de un 5% en su cotización por contingencias profesionales a la Seguridad Social.
Además, este porcentaje podrá alcanzar el 10% a partir del segundo año y en los sucesivos, siempre que la empresa haya percibido este incentivo en el año anterior, según el Real Decreto aprobado este martes por el Consejo de Ministros.
Para poder optar a esta deducción, las empresas deberán haber cotizado por contingencias profesionales un minimo de 5.000 euros en los últimos años.
Para las pequeñas empresas, el requisito de cotización es de 250 euros, mientras que el incentivo será 250 euros en el primer año y de 500 euros en los sucesivos.
La financiación de este sistema de incentivos será con cargo al Fondo de Prevención y Rehabilitación, que se financia con el 80% de los excendentes de la gestión de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.
Las empresas que quieran optar a los incentivos deberán presentar la solicitud entre el 1 de abril y el 15 de mayo de cada año en la mutua o entidad gestora que asuma la protección de sus contingencias profesionales.
(SERVIMEDIA)
30 Mar 2010
MFM/lmb