La Audiencia Nacional lleva la Ley de Carrera Militar ante el Constitucional
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
La Audiencia Nacional ha planteado dos cuestiones de inconstitucionalidad contra la Ley de Carrera Militar porque entiende que esta norma podría vulnerar la Carta Magna al permitir que los hasta ahora oficiales puedan ingresar en la misma categoría que los oficiales superiores con la sola superación de un curso.
Los magistrados de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional han decidido remitir al Tribunal Constitucional este aspecto, regulado en el apartado 7 de la disposición transitoria cuarta de la citada ley, tras concluir que el mismo podría generar “unas consecuencias contrarias a los principios de mérito y capacidad”, reconocidos en el artículo 103 de la Constitución.
El tribunal ha decidido también plantear una cuestión de inconstitucionalidad contra la disposición adicional decimoquinta de la Ley de Carrera Militar, que dispone las bases, reguladas a posteriori, que permitieron equiparar la superación del citado curso con una título de grado universitario.
La Ley de Carrera Militar, promulgada en el año 2007, estableció la constitución de los nuevos cuerpos y escalas y fijó los términos en los que se iban a unificar las entonces existentes escalas superiores de oficiales y escalas de oficiales.
Los integrantes de este último grupo debían pasar un curso de adaptación para poder ingresar en la nueva categoría. Finalmente, una regulación introducida en la Ley de Presupuestos Generales de 2008, se estableció que la superación de este curso equivaldría a obtener una titulación de grado universitario.
Los magistrados subrayan que la ley “supone incluir en un mismo nivel a quienes se encontraban en categorías distintas” y destacan que el citado curso es “el único condicionante impuesto, sin que se vea acompañado de alguna otra medida de corrección”.
En base a estas reflexiones, el tribunal de la Audiencia Nacional señala que “no parece compaginarse” con los principios de mérito y capacidad consagrados en la Constitución “que la mera superación del curso suponga la integración de quienes se encontraban en un nivel más bajo con quienes se hallaban en un nivel más alto, igualando ambos, dadas las notables diferencias entre las escalas de procedencia”.
Además, critica que la equiparación de la superación del curso a la obtención de un título universitario se desarrollase a través de la Ley de Presupuestos de Generales de 2008.
Los magistrados recuerdan que las leyes de presupuestos tienen una función específica y en ellas “no cabe cualquier materia”. En el presente caso, “no se atisba la más mínima relación entre el presupuesto, su ejecución o la política económica con la atribución a la superación de un ruso del reconocimiento académico equivalente al título de grado universitario”.
(SERVIMEDIA)
25 Mar 2010
DCD/lmb