Corrupción. Los letrados del Senado avalan que Barberá seguirá aforada por estar en la Diputación Permanente
- Perdería esta condición si no formara parte de este órgano pese a ser senadora por designación autonómica
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Los servicios jurídicos del Senado avalan, pese a la controversia jurídica a este respecto, que la senadora del PP y exalcaldesa de Valencia, Rita Barberá, seguirá aforada exclusivamente por estar en la Diputación Permanente de la Cámara Alta y no por ser senadora por designación autonómica.
Así lo confirmaron fuentes parlamentarias consultadas por Servimedia que reconocen que ésta es la "versión oficial" y predominante entre los letrados del Senado frente a quienes apuntan a que existiría una especie de limbo en el que se encontrarían, una vez disueltas las Cortes Generales, los senadores por designación autonómica.
Subrayan que sólo los miembros titulares y suplentes de la Diputación Permanente del Senado, un total de 35 parlamentarios, conservan su condición de aforados en el caso de que, finalmente, se repitan las elecciones generales.
Sin embargo, los senadores por designación autonómica, pese a que siguen siendo senadores hasta que se disuelvan sus respectivos parlamentos regionales, no mantienen esta condición -salvo si forman parte de la Diputación Permanente-en los 54 días que hay entre la disolución de las Cámaras y el día siguiente a las elecciones generales.
Aunque la Diputación Permanente del Congreso fue constituida este martes, la Diputación Permanente del Senado se constituyó el pasado 9 de febrero.
Entonces, el PP, que había decidido sustituir a la exalcaldesa de Valencia al frente de la Comisión Constitucional, situó a Barberá como suplente de este órgano que se encarga de "dar continuidad" a la actividad de la Cámara Alta entre periodos de sesiones y entre legislaturas.
Esta semana, dos jueces de Valencia han remitido sendas peticiones al Tribunal Supremo para que asuma la investigación contra Barberá por su condición de aforada.
El Reglamento de la Cámara Alta recoge que "los senadores no podrán ser inculpados ni procesados sin la previa autorización del Senado, solicitada a través del correspondiente suplicatorio".
(SERVIMEDIA)
24 Abr 2016
IRG/gja