El Supremo desestima el recurso del Colegio de Periodistas de Cataluña para dar acceso a cámaras a los pasillos de los juzgados

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso presentado por el Colegio de Periodistas de Cataluña para dar acceso a las cámaras de televisión en los pasillos de los juzgados. La sentencia declara conforme a Derecho el acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de 14 de enero de 2014, relativo al acceso de los medios de comunicación a las dependencias de los órganos judiciales de Barcelona.

La Sala rechaza el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Colegio de Periodistas de Cataluña contra la desestimación del recurso de alzada que interpusieron en fecha 17 de noviembre de 2014 ante el Consejo General del Poder Judicial contra el citado acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. El fallo de esta resolución se adelantó el pasado 5 de abril.

El acuerdo de la Sala de Gobierno del TSJ de Cataluña, sin perjuicio de favorecer la labor de los medios de comunicación promoviendo la facilitación del acceso a la sala de prensa y la obtención de acreditaciones temporales, recuerda a dichos medios la vigencia del protocolo de acceso de los medios de comunicación y el protocolo de comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

En concreto se prohíben las filmaciones o fotografías en los pasillos con el fin de preservar el derecho a la intimidad, el honor y la propia imagen de las personas que acudan a cualquier tipo de actuación judicial, además de establecer que por el Decanato y con la asistencia del Gabinete de Prensa se habilite un espacio en la sede de los edificios judiciales para que los letrados, las partes o los testigos puedan hacer declaraciones a los medios acreditados en condiciones de igualdad.

(SERVIMEDIA)
20 Abr 2016
SGR/gja