El Supremo dice que la alcaldesa de Hernani no enalteció a etarras, sino que exteriorizó “su cariño”
- Absuelve a la regidora de ANV, condenada a un año de cárcel por la Audiencia Nacional
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El Tribunal Supremo ha absuelto a la alcaldesa de Hernani (Guipúzcoa), Mariam Beitialarrangoitia, de ANV, quien había sido condenada a un año de cárcel por la Audiencia Nacional como autora de un delito de enaltecimiento del terrorismo por pedir "un chaparrón de aplausos" para los etarras Igor Portu y Martín Sarasola, presuntos autores del atentado de la T-4 de Barajas, en el que murieron dos ciudadanos ecuatorianos.
Los magistrados de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo han revocado la sentencia dictada en junio pasado por la Audiencia Nacional al llegar a la conclusión de que Beitialarrangoitia no enalteció el terrorismo de ETA cuando, en el acto en el que ANV presentó sus cabezas de lista para las elecciones municipales de 2008, celebrado en Pamplona el 12 de enero de ese año, pidió "un chaparrón de aplausos" para Portu y Sarasola -que habían sido arrestados una semana antes- y "para todos los presos políticos vascos".
El Alto Tribunal, tras haber “analizado y valorado de forma integrada y contextualizada las expresiones pronunciadas”, asegura que la alcaldesa no exaltó a ETA ni justificó el terrorismo con sus palabras, sino que “su verdadera intención” era la de exteriorizar “un cariño” y “una cercanía personal” hacía Portu y Sarasola y “enviarles un calor que les permitiera superar esa situación”.
“La proximidad del acto de presentación de las candidaturas con la detención de Igor Portu y Martín Sarasola y la apertura de una causa penal en averiguación de los malos tratos o torturas denunciados por ellos, arroja una luz directa y potente sobre la verdadera intención que animó a la recurrente. Nada aparece en sus expresiones que puede estimarse ni alabanza o justificación por el atentado a la T-4 ni a la presunta intervención de ellos en tal atentado”, señalan los magistrados en la sentencia hecha pública este jueves, que ha contado con el voto particular discrepante de Julián Sánchez Melgar.
El Alto Tribunal considera además “un hecho notorio” que Portu y Sarasola hubiesen denunciado a la Guardia Civil por malos tratos y torturas supuestamente sufridos tras su detención y que el Juzgado de Instrucción número 1 de San Sebastián hubiese abierto una investigación para esclarecer los hechos.
(SERVIMEDIA)
18 Mar 2010
DCD/caa