ETA. La Audiencia reabre la investigación sobre la participación de García Corporales en el atentado de López de Hoyos
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La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha estimado parcialmente el recurso de apelación interpuesto por Pablo Romero contra una decisión contraria del juez Ismael Moreno y ordena que se requieran a la Comisaría General de Información de la Policía los datos que pudieran acreditar la participación del etarra Jesús García Corporales en el atentado de la calle López de Hoyos de Madrid de junio de 1993.
El atentado de López de Hoyos fue una acción terrorista cometida por ETA en Madrid el 21 de junio de 1993. La explosión de un coche-bomba dirigido contra una furgoneta que transportaba personal militar causó la muerte de seis militares de las Fuerzas Armadas y el conductor civil, además de heridas a 22 personas presentes en las cercanías.
Una segunda explosión de un coche en la calle de Serrano una hora después de la primera, con la intención de destruir el vehículo utilizado en la huida, causó heridas a otras tres personas.
García Corporales fue excarcelado en 2014, después de que la Sección Tercera de la Sala de lo Penal le descontara de su condena en España los cuatro años de prisión que cumplió en Francia por acumulación de penas. Perteneciente a la 'vía Nanclares' de presos desvinculados de ETA, formó parte del `comando Madrid´ junto a Soledad Iparraguirre `Anboto´ y José Javier Arizcuren Ruiz `Kantauri´.
El recurrente ya pidió al juez que recabara de la Policía todos los datos que pudieran acreditar la participación del etarra en el citado atentado. Ahora, la Sala entiende que a la vista del informe de la Comisaría General de Información de 22 de junio de 2015, en el que se afirmaba que García Corporales podría estar en Madrid en la fecha del atentado como miembro del comando etarra, es pertinente solicitar todos los indicios que puedan avalar esta tesis.
A la vista de esos indicios, continúa la Sala, “cabrá extraer si se infiere de ello su participación en el atentado o sólo es por pertenencia”. Por tanto, queda reformado el auto en que se denegaban las diligencias y se piden aquellas que permitan acreditar, en su caso, la participación del investigado en el atentado.
(SERVIMEDIA)
25 Nov 2015
SGR/caa