Pedraz aplica la limitación de la jurisdicción universal y archiva la causa sobre El Tíbet

- Estaban imputados tres ministros chinos por delitos de lesa humanidad

MADRID
SERVIMEDIA

El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz decidió hoy archivar la causa que tenía abierta contra tres ministros chinos y cinco altos cargos del Gobierno de ese país por presuntos delitos de lesa humanidad, con motivo de la represión ejercida contra la población civil de El Tíbet en los meses previos a la celebración de los Juegos Olímpicos de Pekín en el año 2008.

Pedraz adoptó esta decisión en aplicación de la reciente limitación de la jurisdicción universal promovida por el Gobierno y por el PP, una reforma legal que entró en vigor el pasado 5 de noviembre y que restringió las investigaciones de la Audiencia Nacional sobre delitos cometidos en el extranjero a aquellos casos en los que haya afectados españoles.

El magistrado explica que, si bien esta reforma legal fue posterior a la admisión a trámite de la querella que dio lugar a la investigación y, por lo tanto, no se podría aplicar de forma retroactiva, la limitación de la jurisdicción universal sí afectaría al hipotético juicio oral que se podría haber celebrado contra los miembros del Gobierno chino.

“Si la querella se hubiera presentado tras la entrada en vigor de la norma, esto es, después del 5 de noviembre de 2009, queda claro que, de conformidad a dicho artículo, la jurisdicción española no podría conocer de los hechos denunciados. Sin embargo, la cuestión queda resuelta teniendo en cuenta que aún cuando la reforma no afectara a la fase de instrucción si afectaría al posterior enjuiciamiento”, señala el auto de archivo dictado hoy por Pedraz.

El magistrado también indica que no cabe defender la jurisdicción española en el caso en base a “tratados y convenios internacionales suscritos por España”, tal y como permite la limitación aprobada por el Congreso.

“No hay tratado o convenio internacional que obligue el enjuiciamiento por España del delito de lesa humanidad imputado en el presente caso”, señala. La decisión del magistrado no es firme y contra ella se pueden interponer recursos de reforma y de apelación.

INTERROGAR A LOS MINISTROS

En la causa estaban imputados por un delito de lesa humanidad el ministro de Defensa chino, Lian Guanglie; el ministro de Seguridad del Estado y viceministro de Seguridad, Geng Huichang; y el ministro de Seguridad Pública y miembro del Comité Central del Partido Comunista Chino, Meg Jianzhu.

Pedraz imputó a Zhan Qingli, secretario del Partido Comunista Chino en la Región de Autónoma de El Tíbet; a Wang Lequan, miembro del Politburó en Pekín; a Li Dezhu, líder de la Comisión de Asuntos Étnicos; al general Tong Guishan, comandante del Ejército de Liberación Popular de Lhasa; y al general Zhan Guihua, comisario político del comando militar de la región china de Chengdu.

La querella, interpuesta por el Comité de Apoyo al Tíbet, se centraba en la represión ejercida por China en El Tíbet a partir del 10 de marzo de 2008, en el marco de las revueltas independentistas que tuvieron lugar en los meses anteriores a la celebración de los Juegos Olímpicos de Pekín.

"Las autoridades políticas y militares chinas dirigieron un ataque generalizado y sistemático contra la población civil tibetana causando, al menos, 203 muertos, mas de 1.000 lesionados y 5.972 detenidos ilegales y desaparecidos", destacaba el escrito de los querellantes.

El pasado mes de mayo, Pedraz cursó una comisión rogatoria a China solicitando permiso para realizar in situ los interrogatorios a los tres ministros y a los cinco altos cargos imputados en la causa. Las autoridades chinas contestaron al magistrado solicitando el archivo de la querella.

(SERVIMEDIA)
26 Feb 2010
DCD/lmb