El Gobierno culmina la adaptación de la normativa española a la Unión Bancaria
- Las entidades tendrán que haber aportado 11.700 millones en 2024 al Fondo de Garantía de Depósitos y al Fondo Europeo de Resolución
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El Consejo de Ministros aprobó este viernes un real decreto con el que se da por culminado el proceso de adaptación de la normativa española a la Unión Bancaria europea, como instrumento para prevenir futuras crisis bancarias.
Con esta norma se desarrolla la Ley de Recuperación y Resolución de Entidades de Crédito y Empresas de Servicios de Inversión, aprobada por el Congreso de los Diputados el pasado mes de junio.
En este decreto se abordan los aspectos de procedimiento y contenido en la fase previa a la resolución de una entidad financiera para permitir una intervención temprana que la evite y los protocolos de actuación en el caso de que se llegue a la resolución.
Además, se desarrolla el funcionamiento del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (Frob) como Autoridad Nacional de Resolución Nacional. También las contribuciones de las entidades al Fondo de Resolución Nacional y al Fondo de Garantía de Depósitos, con el objetivo de “reforzar la protección de los depositantes”, explicó el Ministerio de Economía y Competitividad.
Respecto a las aportaciones que las entidades tendrán que hacer al Fondo de Resolución Nacional, éstas se calcularán teniendo en cuenta tanto su tamaño como su perfil de riesgo, con el objetivo de alcanzar en 2024 un nivel objetivo del 1% de los depósitos garantizados (hasta 100.000 euros).
Así, España aportará 5.300 millones de euros al Fondo Europeo de Resolución, que tendrá una dotación total de 55.000 millones, hasta 2024.
FONDO DE GARANTÍA DE DEPÓSITOS
En cuanto al Fondo de Garantía de Depósitos, se cambia la base de cálculo y las aportaciones se realizarán respecto a los depósitos y valores garantizados, en lugar de los admisibles (todos los depósitos y valores no exentos). Desde Economía indicaron que los depósitos garantizados son aproximadamente dos terceras partes de los admisibles.
Fuentes ministeriales apuntaron que las contribuciones anuales que tengan que hacer las entidades a este fondo las determinará la Comisión Gestora del mismo cada año, con el requisito de alcanzar un nivel mínimo objetivo que se estima en 6.400 millones de euros en 2014.
En este decreto se desarrollan los dos compartimientos creados en la ley, uno para los depósitos (un mínimo del 0,8% de los depósitos garantizados a julio de 2014) y otro para la cobertura de los valores (máximo del 0,3% anual).
De esta manera, las entidades españolas tendrán que haber aportado 11.700 millones de euros al Fondo de Garantía de Depósitos y al Fondo Europeo de Resolución.
Por otra parte, se recoge que el periodo de pago a los depositantes pase de los 20 días hábiles actuales a siete en 2024.
(SERVIMEDIA)
06 Nov 2015
BPP/caa