Madrid. La Comunidad garantizará por ley el “sacrificio 0” de animales de compañía
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La Comunidad de Madrid establecerá el “sacrificio 0” de animales de compañía en los albergues y centros de acogida y protegerá al máximo nivel a las mascotas, fomentando la adopción y la tenencia responsable y velando por su bienestar, según se recoge en el anteproyecto de Ley de Protección de Animales de Compañía analizado hoy por el Consejo de Gobierno.
La presidenta de la Comunidad de Madrid, Cristina Cifuentes, dijo en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno que el “sacrificio 0” de animales domésticos es el compromiso número 256 de su programa electoral y que con esta iniciativa se da respuesta a la Iniciativa Legislativa Popular promovida por la organización protectora de animales El Refugio.
Explicó que Madrid fue la primera comunidad en aprobar una Ley de Protección de Animales Domésticos, vigente desde 1990, para salvaguardar sus derechos y luchar contra su maltrato y abandono.
Ahora, añadió, el Gobierno regional va a elevar esta protección con un nuevo texto adaptado a las demandas de la sociedad que recogerá los principios de respeto, defensa y cuidado de perros, gatos y otros animales de compañía como hurones y caballos de recreo y deportivos.
Entre las disposiciones de la nueva norma destaca la prohibición de sacrificar animales abandonados. Esta política de “sacrificio 0” ya se aplica en el Centro Integral de Acogida de Animales de la Comunidad de Madrid (CIAAM) -donde cualquier mascota con posibilidades de ser adoptado permanece el tiempo que sea necesario-, y se extenderá por ley a todos los albergues municipales, centros de acogida y sociedades protectoras de la región, que hasta ahora podían practicar la eutanasia a los ejemplares abandonados en un plazo de entre 10 y 19 días desde su recogida.
Además, la ley establece una serie de disposiciones orientadas a garantizar el respeto a los animales y a mejorar sus condiciones de vida y su relación con los propietarios.
Así, se prohíbe dar a las mascotas una educación agresiva o violenta, regalarlas como premio o reclamo publicitario o mantener a los animales atados o encerrados en condiciones que puedan suponer sufrimiento o daño para ellos.
Para luchar contra éstas y otras prácticas, la norma prevé sanciones que, en el caso de infracciones muy graves como el maltrato o el abandono de animales, pueden alcanzar los 30.000 euros, el doble de lo establecido hasta ahora.
La norma también regula la cría y comercialización de mascotas, así como la participación de éstas en ferias, concursos y otras actividades, y reconoce el papel de las entidades de defensa de los animales y de la profesión veterinaria en el fomento de la tenencia responsable.
Además, insta a los centros de acogida de animales a fomentar en todo momento la adopción de mascotas abandonadas, que se entregan a sus nuevos dueños con todos los tratamientos obligatorios y esterilizados para evitar camadas indeseadas.
Cifuentes destacó que este anteproyecto incluye las observaciones realizadas por los miembros del Consejo de Protección y Bienestar Animal, en el que están representados los ayuntamientos de la región a través de la Federación de Municipios de Madrid (FMM), el Colegio de Veterinarios, las asociaciones y protectoras de animales, el Seprona y las sociedades caninas.
El texto se remitirá ahora a los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid y volverá al Consejo de Gobierno, que lo enviará ya como proyecto de Ley a la Asamblea de Madrid para continuar con su tramitación.
Esta ley no será de aplicación a los animales utilizados en los espectáculos taurinos, incluidos los populares, que ya están protegidos en un reglamento específico que, entre otros aspectos, establece la prohibición de “herir, pinchar, golpear, sujetar, atar o tratar de cualquier modo cruel a las reses”.
Tampoco a la fauna silvestre, incluidas las especies de caza y pesca, a las que se refieren las leyes de Caza y de Pesca Fluvial; ni los animales utilizados con fines agrícolas, ganaderos o experimentales, o los de parques zoológicos, que se regirán por su legislación específica, de ámbito nacional.
Además, en la citada ley “se prohíbe el tiro de pichón y prácticas similares en la Comunidad de Madrid” aunque se podrá autorizar a las sociedades de tiro, bajo control de la respectiva federación, la celebración de competiciones de esta especialidad.
(SERVIMEDIA)
13 Oct 2015
SMO/gja