Gürtel. La APM defiende el “intachable rigor judicial” de López y Espejel para enjuiciar la trama
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La Asociación Profesional de la Magistratura (APM) ha emitido un comunicado en el que defiende el “intachable rigor judicial” de los magistrados Enrique López y Concha Espejel para enjuiciar la primera etapa de la trama Gürtel (1999-2005) y sale al paso de “los que buscan desacreditarlos”, aún reconociendo el ejercicio legítimo de la recusación.
En su nota, la APM recuerda que ambos magistrados son miembros de esta asociación y que fueron nombrados vocales del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) a propuesta suya. Recuerda que la designación de vocales por las Cortes responde al proceso de nombramiento impuesto en la Constitución y fijado en la Ley Orgánica del Poder Judicial desde el año 1985.
Esta asociación especifica, además, que la votación del Parlamento “no introduce una afinidad o animosidad con las partes que entrañe la pérdida de imparcialidad para ningún magistrado. Ni supone la pérdida de imparcialidad para el enjuiciamiento de un proceso, ni lo hace tampoco para resolver cualquiera de sus incidentes, sino que es la consecuencia asumida del sistema de designación democráticamente establecido”.
Por ello, entiende que “tachar la credibilidad profesional de jueces y magistrados, por aspirar a un nombramiento de esta naturaleza, resulta insostenible en cualquiera de las democracias desarrolladas de nuestro entorno e introduce el riesgo de renunciar al juez predeterminado por la ley, para favorecer Tribunales `a la carta´, surgidos de la exclusión de magistrados –e introducción de sustitutos- en función del perfil intelectual de unos u otros”.
La APM insiste en que es la motivación de la resolución judicial la que permite comprobar si hay “rigor” en el enjuiciamiento de cada caso, que siempre estará sometido a los recursos que se interpongan.
“Es este control público, facilitado por los medios de comunicación, y el sistema de recursos legalmente establecido, el que permite evaluar el compromiso que tiene cada magistrado para cumplir su función con imparcialidad, objetividad y estricta sujeción al derecho", asegura.
Por eso, y aunque las resoluciones de los magistrados aludidos puedan ser revocadas por los órganos jurisdiccionales superiores, la Asociación Profesional de la Magistratura insiste en que “ambos magistrados cuentan con un historial profesional meritorio e intachable en su rigor judicial, sin que su análisis jurídico haya sido jamás desvirtuado por carecer de una argumentación legal, técnicamente irreprochable e intelectualmente íntegra”.
(SERVIMEDIA)
16 Sep 2015
SGR/gja