El Supremo condena a un guardia civil que ocultó a sus superiores una denuncia en su contra
- La formuló una mujer que exigía el cumplimiento de la orden de alejamiento de su expareja
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La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación disciplinario presentado por un sargento primero de la Guardia Civil de Talavera la Real (Badajoz), que fue sancionado por falta leve con la pérdida de dos días de sueldo por ocultar a sus superiores que había sido denunciado por una mujer que acudió al cuartel para exigir el cumplimiento de la orden de alejamiento que pesaba sobre su expareja.
La Sala considera probados los hechos que se le achacan al agente y juzga proporcionada la sanción de la que fue objeto por orden del teniente coronel jefe de la Comandancia de la Guardia Civil de Badajoz, en resolución de 1 de abril de 2014, por "negligencia o inexactitud en el cumplimiento de los deberes y obligaciones, de las órdenes recibidas, o de las normas de régimen interior".
El 26 de diciembre de 2013, una persona formuló denuncia en contra del sargento por estar en desacuerdo con su actuación profesional en la investigación de unos hechos previamente denunciados por la misma persona y que habían dado lugar al atestado 2013-744-430. De la denuncia dirigida contra el agente, éste no llegó a dar cuenta a sus superiores en ningún momento.
Según el relato de los hechos, sobre las 01.35 horas del día 26 de diciembre de 2013, una vecina del municipio de Talavera a Real compareció en las dependencias de la Policía Local para denunciar que su expareja, sobre la que pesaba una orden de alejamiento del domicilio de la denunciante, había pasado la tarde del día anterior con su vehículo por delante de la puerta de su casa y que en esos momentos se encontraba en el interior del establecimiento público 'Choki Pub', distante menos de cien metros de su casa.
La mañana del día 26 la mujer acudió al puesto de la Guardia Civil para informar de la denuncia que había interpuesto la madrugada anterior. El comandante de puesto, que en ese momento era el sargento primero sancionado, instruyó el correspondiente atestado y acordó tomar declaración al encargado del 'Choki Pub' y verificar la distancia existente entre el citado local y el domicilio de la denunciante.
Para ello, encargó la medición a dos guardias, especificando que debían medir a pie de calle y por el acerado de la localidad. Así lo hicieron con un rodillo de medición perteneciente a la Policía Local. El resultado es que el establecimiento se encontraba a 120,05 metros, es decir, a una distancia superior a los 100 metros establecidos en la orden de alejamiento.
Al transmitir a la denunciante esta circunstancia, la mujer se puso muy nerviosa, alegó en voz alta que el sargento tenía un trato de favor con su expareja y dijo que estaba en desacuerdo con el sistema de medición empleado.
El sargento ordenó a uno de los agentes que recogiera la denuncia en la que la mujer manifestó que “se negó a establecer una medición en línea recta como establece la ley, y el auto de alejamiento, obligando a los guardias a realizar una medición a pie de calle con un rodillo, para evitar tener que detener” al infractor.
En el seno de estas últimas diligencias y a instancia de la denunciante se procedió a efectuar una nueva medición, utilizando en esta ocasión el sistema Visor Cos Gis proporcionado por la Dirección General de la Guardia Civil, que dio como resultado una distancia de 75,322 metros.
(SERVIMEDIA)
16 Ago 2015
SGR/gja