La Comisión de Quejas del Periodismo exculpa a 'El País' por su información sobre las cuentas de Jaume Roures
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La Comisión de Arbitraje, Quejas y Deontología del Periodismo ha aprobado una resolución en la que desestima la protesta de Mediapro contra 'El País' por la información que publicó con el título "Roures posee 250 millones en 150 cuentas, un tercio en paraísos fiscales".
En una resolución hecha pública este martes, la comisión promovida por la Federación de Asociaciones de Periodistas (FAPE) concluye que en el artículo que publicó 'El País' el pasado 14 de diciembre "predomina su carácter informativo y puede ser incluido en el llamado 'periodismo de investigación'".
Asimismo, la comisión ha llegado a la convicción de que “su contenido tiene como fundamento fuentes documentales, que no se desvelan, circunstancia por cierto no contradicha en el escrito inicial de este expediente”.
La resolución señala más adelante que “el reportaje aparece respaldado por fuentes adecuadas, sin que esta conclusión signifique dar por cierto o verdadero su contenido informativo, que la Comisión se abstiene de valorar, pero sí que se ha producido con respeto a la veracidad exigida constitucionalmente”.
La comisión sí considera, en cambio, que 'El País' incumplió el Código Deontológico al negar al reclamante el derecho a réplica que éste había solicitado. Tal actitud negativa, apunta la resolución, infringe un deber ético de la profesión periodística, respaldado legalmente.
CLÁUSULA DE CONCIENCIA
Por otra parte, la comisión ha aprobado otra resolución contra 'El Adelantado de Segovia' por haber incurrido en una infracción deontológica “al no respetar y cambiar el contenido informativo elaborado por su redacción”.
Asimismo, reivindica el derecho del periodista a invocar la cláusula de conciencia cuando el medio del que dependa lesione su dignidad profesional y sobre el derecho a ser amparado por las organizaciones asociativas frente a quienes pretendan desviarle del marco de actuación fijado en el Código Deontológico.
Entre los argumentos del fallo se apunta que los profesionales de la información podrán negarse, motivadamente, a participar en la elaboración de informaciones contrarias a los principios éticos de la comunicación, sin que ello pueda suponer sanción o perjuicio. Así pues, queda bien definido el derecho que asiste a la plantilla de 'El Adelantado' a acogerse a la cláusula de conciencia y decidir no firmar las informaciones.
Por otra parte, en esta resolución se informa de que 'El Adelantado' no ha presentado sus alegaciones a la Comisión de Arbitraje, Quejas y Deontología cuando se le comunicó la apertura de expediente, y sí lo hizo a la presidencia de FAPE por publicar en su página web el apoyo de las organizaciones profesionales a la redacción del periódico.
En la carta remitida por el gerente del periódico a la presidenta le dice textualmente que “el ámbito natural para la resolución de esta situación son los tribunales”. Es en este punto en el que la Comisión de Arbitraje recuerda que nació precisamente para evitar judicializar los conflictos periodísticos y cooperar en la autorregulación de los profesionales de la información.
(SERVIMEDIA)
14 Jul 2015
JRN/caa