Galicia. La Xunta defiende la constitucionalidad de la Ley de Cajas y la compara con otras normas no recurridas

- Dice que ha tenido que recurrir al Consejo de Estado para conocer los peros

SANTIAGO
SERVIMEDIA

La Xunta de Galicia defendió hoy la constitucionalidad de la Ley de Cajas gallega, basándose en los artículos contenidos en leyes de otras comunidades y que no han sido recurridas por el Ejecutivo estatal, como sí se sospecha que hará con la gallega. Para ello existe un plazo de tres meses, que expira el próximo 5 de abril. En este tiempo, desde la Xunta apelan a convocar una comisión bilateral para abordar este conflicto.

La consejera de Hacienda, Marta Fernández Currás, aseguró que si ésta indica que la Xunta autoriza la entrada de una caja en un SIP es porque se trata de una "decisión estratégica", similar a una fusión. Así, explicó que este asunto estaba "implícito en la ley anterior" y que ha de ser así porque "en la práctica es una decisión irreversible". Esta autorización, indicó, también la recogen en Andalucía, Madrid y Castilla y León, en sus respectivas leyes de cajas.

La cuestión de la renovación parcial de los órganos de Gobierno es otro de los asuntos objeto de análisis por parte del Consejo de Estado y, a falta de un pronunciamiento del mismo, la Xunta asegura que en los últimos años existieron diferentes criterios al respecto.

Así, Currás aludió a que la Lorca de 1985 declaró básica la renovación por mitades, asunto que posteriormente fue recogido en una sentencia del Tribunal Constitucional (la 49/88) que estableció como básica la renovación "parcial", y no necesariamente por mitades. Así, el criterio del Gobierno gallego es que cumple con este criterio constitucional, dado que la ley renueva el 75% y deja un 25% sin renovar inicialmente.

En relación con la mayoría necesaria para acordar una fusión, la Xunta asegura que el criterio permanece "inalterable" desde 1996 y que es idéntico al de 1985, que fue expresamente declarado constitucional en la sentencia del Alto Tribunal 48/88.

La decisión de que sólo el Parlamento pueda tener más de un representante en el consejo de administración es "plenamente legal" a ojos de la Xunta, que se basa en que esto "garantiza el derecho a la participación de entidades de menor tamaño". Si la Cámara se reserva ese 'privilegio' es porque "es la única entidad que no compite con otros".

El carácter constitutivo del registro de altos cargos no abre una nueva posibilidad, pues según Currás ya la anterior ley de cajas gallega otorgaba a este un carácter informativo, salvo que el Gobierno decidiese otra cosa.

El hecho de que la Xunta se reserve el papel de protectorado público de las obras sociales es otra de las cuestiones a las que el ejecutivo estatal pone peros. Contra este criterio, desde el Gobierno gallego se recuerda que "las cajas de ahorros son fundaciones" y que son las comunidades autónomas las que han de supervisar el correcto uso de los fondos que se destinan a la obra social.

Otro de los puntos susceptibles de recurso, a ojos del Gobierno central, son las situaciones de déficit patrimonial. Si bien la proposición de ley formulada por el BNG incluía la necesaria autorización de la comunidad en el caso del FROB, al final se modificó este punto, por entrar en contradicción con la normativa básica estatal. Se eliminó la referencia al Frob y se limitó con la normativa vigente. Este cambio, apuntó la consejera, obtuvo el visto bueno de los letrados del Parlamento y contó con el apoyo de los tres grupos parlamentarios.

(SERVIMEDIA)
03 Feb 2010
CDM/lmb