El Supremo multa con 6.000 euros al Santander por conculcar las reglas de la buena fe procesal

MADRID
SERVIMEDIA

El pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo ha acordado imponer al Banco Santander una multa de 6.000 euros por haber conculcado las reglas de la buena fe procesal en un recurso de casación, al desistir del mismo mucho tiempo después de su interposición y justamente al final de la mañana del último día hábil previo a la deliberación, votación y fallo del asunto por el Pleno de dicha Sala, previsto para el día siguiente.

Según resulta del acuerdo adoptado con fecha 4 de marzo de 2015, “al presentar el escrito de desistimiento del recurso cuando necesariamente los integrantes de la Sala Primera del Tribunal Supremo tenían que haber dedicado su tiempo y esfuerzo a la preparación de la deliberación y votación del recurso en el Pleno de la Sala y, en el caso del ponente, a la preparación de los puntos de hecho y las cuestiones y fundamentos de derecho que había de someter a la deliberación de la Sala, así como la propuesta de decisión que había de formular, es contraria al deber de lealtad que todo litigante debe observar respecto del órgano judicial”.

“Supone”, continúa el Supremo, “un uso torcido de los recursos públicos empleados en la Administración de Justicia y no es acorde con la conducta racionalmente exigible a quien formula una pretensión ante un tribunal. Tanto más cuando no se ha dado ninguna explicación plausible de por qué se ha esperado unos dos años para presentar el escrito de desistimiento, y haberlo hecho justamente al final de la mañana del último día hábil previo a la deliberación, votación y fallo del asunto, más allá de genéricas invocaciones al `importante volumen de trabajo´ claramente insuficientes para justificar tal conducta".

La sanción que ahora se impone ha tomado en consideración también el hecho de que no es la primera vez que la entidad recurrente protagoniza una conducta procesal similar, pues en el recurso extraordinario por infracción procesal y de casación número 74/2012, en el que también se había convocado al Pleno de la Sala para la deliberación, votación y fallo del recurso el 9 de mayo de 2013, el Banco Santander presentó escrito de desistimiento el 3 de mayo de 2013, lo que motivó que la Sala emitiera un comunicado en el que, entre otros extremos, afirmaba: "La Sala lamenta que tal decisión del recurrente le impida dictar una sentencia en la que fije criterios jurisprudenciales que sean útiles para resolver estos litigios, así como el tiempo y el esfuerzo empleados por los integrantes de esta Sala y de su Gabinete Técnico en estudiar y preparar el asunto".

(SERVIMEDIA)
18 Mar 2015
SGR/gja