Adeces exige "un cambio radical" en la legislación sobre la herencia
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La Asociación Pro Derechos Civiles Económicos y Sociales (Adeces) ha solicitado a la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados que inicie los trabajos pertinentes para efectuar "un cambio radical" de la legislación sobre la herencia.
Según informó hoy la citada asociación, el cambio debería encaminarse hacia el reconocimiento de la plena libertad de testar sin las limitaciones que el Código Civil interpone a la libertad al individuo, obligándole a dejar una porción de sus bienes, denominada "legítima", a determinados herederos.
El testamento está lejos de ser el acto por el que una persona dispone para después de su muerte de todos o parte de sus bienes, tal y como reza el artículo 657 del Código Civil, explica Adeces.
Más bien, continúa, es el acto por el que un ciudadano puede dejar parte de sus bienes (la mitad en el mejor de los casos) a quien estima oportuno, ya que el resto "supone una intromisión del Estado en la libertad de las personas, al indicarles a quiénes deben dejar sus bienes (hijos, ascendientes o cónyuge) y en qué cuantía lo deben hacer".
Para esta agrupación, "las restricciones impuestas al testador atentan contra la libertad, valor superior del ordenamiento jurídico, y la dignidad de la persona, fundamento del orden político y social, según establece la Constitución".
Además, para Adeces, la reforma "es más necesaria aún" si se tiene en cuenta que este sistema "está alejado" de las nuevas fórmulas de convivencia reconocidas en la legislación, como las parejas de hecho sin hijos, "que se ven claramente discriminadas", ya que no pueden dejarse libremente lo que consideren oportuno, sino que, según el Código Civil deben destinar la mitad de sus bienes (legítima) a los padres o ascendientes como herederos forzosos que son.
Según esta asociación, "las restricciones que impone la legislación potencian el fraude de ley en vida", como método para poder cumplir con la voluntad de la persona, por ejemplo, simulando la venta de una cosa a quien se quiere beneficiar.
Por todo esto, Adeces concluye que "sólo en el caso de que existan hijos menores o incapaces debe restringirse la libertad de testar, ya que en estos supuestos debe prevalecer por encima de la libertad, la concurrencia de otros bienes jurídicos dignos de mayor protección".
(SERVIMEDIA)
01 Feb 2010
IGA/lmb/caa