Hacienda cede y mejora hasta el 5% la reducción en la cotización por módulos de los autónomos

- Incluye medidas para fomentar el empleo de personas con discapacidad

MADRID
SERVIMEDIA

El Ministerio de Economía y Hacienda finalmente ha cedido ante la presión de las organizaciones de trabajadores autónomos y ha decidido mejorar hasta el 5% la reducción en la cotización por módulos de este colectivo.

Según informa el departamento que dirige Elena Salgado, aunque inicialmente la propuesta era del 2,5%, "atendiendo a las observaciones formuladas por diversas asociaciones representativas de trabajadores autónomos durante el trámite de información pública", se ha considerado conveniente ampliar esta reducción.

Esta medida excepcional también se aplicará a las actividades agrícolas, ganaderas y forestales.

En cuanto al IRPF, la nueva orden respeta la estructura de la regulación de módulos vigente en el año 2009, manteniéndose los módulos aplicables en dicho año, así como las instrucciones para su aplicación.

Sin embargo, presenta algunas novedades que afectan, entre otros, a los trabajadores autónomos, además de modificaciones en beneficio de la contratación de personas con discapacidad.

También atendiendo a las observaciones formuladas durante el trámite de información pública, se ha rebajado el índice de rendimiento neto aplicable a determinadas actividades agrícolas (uva de mesa, flor cortada y plantas ornamentales y tabaco), al objeto de ajustar más dicho índice a la realidad económica en esos sectores.

DISCAPACIDAD

Con la finalidad de fomentar la contratación de personas con discapacidad, la orden de módulos mejora el porcentaje aplicable en estos casos para el cómputo del personal, elevándose del 40% vigente en la actualidad al 60%.

En la misma línea, para promover el autoempleo de las personas con discapacidad, se mejoran en un 20% los índices correctores por inicio de actividad. De esta forma, el actual índice corrector por inicio de actividad (80% el primer año, 90% el segundo) se incrementa cuando el autónomo es una persona con discapacidad y pasa a ser, respectivamente, 60 y 70%.

Respecto a las modificaciones en el régimen especial simplificado del IVA, como consecuencia de la subida a partir del 1 de julio de 2010 de los tipos general y reducido de dicho impuesto, se revisan los módulos aplicables mediante la aprobación de una tabla única que incorpora el aumento de tipos distribuido a lo largo de todo el año.

En cuanto a la aplicación de dicha tabla, y con el objetivo de diferir el impacto del aumento de tipos, para el cálculo de las

cuotas trimestrales de 2010 (tres primeros trimestres) se aplicará la tabla que estuvo vigente en el ejercicio 2009.

Una vez aprobada y publicada la Orden Ministerial en el BOE, se habilitará un período para el plazo de renuncias o revocaciones.

(SERVIMEDIA)
29 Ene 2010
MFM/GFM