Extremadura. Regulada la donación de ovocitos en el sistema sanitario público
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El Consejo de Gobierno de Extremadura aprobó hoy un decreto por el que se regula el programa público de donación de ovocitos en el Sistema Sanitario Público de Extremadura, estableciendo los requisitos y las condiciones que deben concurrir tanto en las donantes como en las receptoras para el acceso a tal programa.
Asimismo, es objeto de este decreto la creación del Registro de Donantes de Gametos de Extremadura y del Registro de Actividades y Resultados de los Centros y Servicios de Reproducción Asistida de Extremadura.
Podrán ser receptoras de ovocitos donados las mujeres mayores de 18 años, con plena capacidad de obrar, usuarias del Sistema Sanitario Público de Extremadura, que tengan un diagnóstico de esterilidad o en las que concurra alguna indicación clínica establecida a tal fin, así como las condiciones de inclusión en dicho programa.
La donación de ovocitos es una técnica de fecundación “in vitro” en la que los gametos femeninos –ovocitos- proceden de una donante anónima. El programa público de donación de ovocitos de Extremadura contempla dos vías de obtención de ovocitos de donante: con gametos sobrantes no utilizados en la propia reproducción de una pareja sometida a técnicas de reproducción humana asistida y mediante gametos donados por mujeres que voluntariamente así lo decidan.
En la Comunidad se aplican distintas técnicas de reproducción asistida, de las que el Centro de Reproducción Humana Asistida, adscrito al Hospital Materno Infantil de Badajoz, es el centro de referencia.
No obstante, estas técnicas no pueden dar repuesta a todas las parejas que acuden al Centro de Reproducción Humana Asistida, para las que la única posibilidad de ser padres es acudir a la recepción de ovocitos donados.
(SERVIMEDIA)
29 Ene 2010
CDM/lmb