Tráfico. Conductores europeos residentes en España deben renovar el carné a partir de este lunes
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Los ciudadanos de la UE con residencia legal en España desde hace al menos dos años y cuyo permiso de circulación tenga una vigencia indefinida o superior a 5 o 15 años, según los casos, deberán renovar su carné de conducir a partir de este lunes.
Esto se debe a la Directiva 2003/123/CE, que entró en vigor el 19 de enero de 2013 y obliga a los ciudadanos comunitarios con residencia legal en España a actualizar su permiso de conducción a los dos años, según informó la Dirección General de Tráfico (DGT).
La medida afecta a miles de ciudadanos comunitarios, por lo cual representantes de la DGT han mantenido una reunión con miembros de los consulados de los 18 países de la UE para informarles de la obligación que tienen sus compatriotas con residencia legal en España de renovar el carné de conducir.
La exigencia se refiere exclusivamente a las personas procedentes de otro país de la UE que tengan residencia legal en España desde hace dos años, plazo que comienza a computar desde este lunes. La medida afecta a quienes tengan un permiso de conducción con un periodo de validez indefinido o superior a 15 años (en el caso de carnés del Grupo 1: AM, A1, A2, A, B y BE) o superior a 5 años (Grupo 2: BTP, C1, C1E, C, CE, D1, D1E, D y DE).
Los comunitarios que hayan obtenido la residencia después del 19 de enero de 2013 deberán renovarlo a los dos años. Por ejemplo, quien cuente con residencia legal el 6 de junio de 2014 tendrá que renovar el carné de conducir el 6 de junio de 2016.
También deberán hacerlo los residentes legales titulares de permisos comunitarios que tengan su permiso caducado o próximo a caducar, lo cual se debe al cumplimiento de la Directiva 2006/126/CE y su transposición al Reglamento General de Conductores como elemento indispensable de la política común de transportes que contribuye a aumentar la seguridad de la circulación vial.
Desde 2013, todos los países de la UE tienen un permiso de conducción único para los 28 Estados miembro, el cual ha sustituido a los más de 110 tipos de carnés que existían hace años y que son válidos para conducir en todos los países de la Unión.
PASOS PARA LA RENOVACIÓN
Para renovar el permiso de conducir, los residentes legales que sean titulares de un permiso de conducción obtenido en su país y que lleven dos años o más en España deberán primero solicitar cita previa acudiendo a cualquier jefatura provincial u oficina local de Tráfico llamando al 060 o a través de la web de la DGT.
Una vez sean citados, deberán aportar la acreditación de identidad y residencia, y original y copia del permiso de conducción. La persona que atienda al residente le solicitará un número de teléfono o un correo electrónico para ponerse en contacto con el ciudadano cuando la autoridad expedidora del permiso verifique el mismo.
Cuando el ciudadano reciba la comunicación por parte de la jefatura, recibirá una nueva cita. A partir de ese momento deberá acudir a un centro de reconocimiento de conductores para que le expidan el certificado de aptitud psicofísica.
El día de la citación, el ciudadano debe acudir a la jefatura con una fotografía actualizada de 32 x 26 milímetros, un talón foto cumplimentado y firmado (que facilitará la oficina de Tráfico), la solicitud en impreso oficial (disponible en las jefaturas y en la web de la DGT) y el justificante del pago de 23,50 euros en concepto de tasa.
(SERVIMEDIA)
18 Ene 2015
MGR/caa