El Supremo admite a trámite una de las dos demandas de paternidad planteadas contra el rey Juan Carlos
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El Pleno de la Sala Civil del Tribunal Supremo ha acordado admitir a trámite una de las dos demandas de paternidad presentadas contra don Juan Carlos de Borbón. En concreto, se trata de la demanda de la ciudadana belga Ingrid Jeanne Sartiau. Los magistrados que integran la Sala entienden que concurren los requisitos legales para admitirla a trámite, mientras que la demanda presentada por el español Alberto Solá Jiménez ha sido rechazada.
Los 12 magistrados de la Sala analizaron tanto las demandas como los informes al respecto de la Fiscalía, que pedía en ambos casos la inadmisión a trámite al considerar que no existe el principio de prueba en las demandas de paternidad que exige el artículo 767.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que establece que "en ningún caso se admitirá la demanda sobre determinación o impugnación de la filiación si con ella no se presenta un principio de prueba de los hechos en que se funde".
El presidente de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, Francisco Marín Castán, acordó el pasado 12 de diciembre elevar al Pleno de este órgano la resolución de las demandas de paternidad contra el rey Juan Carlos planteadas por estas dos personas una vez perdida al condición de figura inviolable al dejar de ser jefe de Estado.
Los diez magistrados tenían sobre la mesa dos informes de la Fiscalía que pedían la inadmisión de ambas demandas por no presentar sus abogados un principio de prueba suficiente para que sus reclamaciones se tramiten.
Además, el Ministerio Público rechazaba por ilícita una supuesta prueba de ADN realizada al padre de Felipe VI y confrontada, según la defensa de Solá, por un antiguo perito del Cesid.
99,9% DE FIABILIDAD
Según la demanda que Alberto Solá Jiménez presentó en junio en la Audiencia Provincial de Madrid, que acabó remitiendo el caso al Supremo, esta prueba apoyaría la paternidad del Rey con "una fiabilidad superior al 99,9 por ciento".
"Dicho documento, si bien no es reciente, llegó a manos de mi defendido hace escasas dos semanas proveniente de una persona cercana a él", añadía el escrito del abogado Francesc Bueno, para concluir que si esta prueba no fuera admitida debería realizarse otra y llamar como testigo al citado perito, que se identifica en el escrito con nombre, apellidos, dirección y número de colegiado.
Este medio de prueba es calificado de "meras hipótesis" por el fiscal José María Paz Rubio en su escrito, de 11 páginas, en el que señala que en este caso no se aporta un principio de prueba de filiación, que es lo que exige la doctrina de la Sala de lo Civil del Supremo para aceptar este tipo de demandas.
CARTA A LA CASA REAL
Por su parte, la defensa de la ciudadana belga aportó al Supremo una carta remitida a la Casa Real el 24 de abril de 2013 en la que esta mujer lamenta haber acudido a la vía judicial para solventar su filiación paterna y afirma haber sido presionada por Solá "y por los medios".
"Y por eso no hay ninguna base para admitir la demanda, porque si Ingrid Jeanne Sartiau no es hermana de padre de Alberto Solá Jiménez, ¿qué demanda admitimos? ¿la de Ingrid o la de Alberto?, y la consecuencia lógica es que ninguna de las dos, pues no aportan ninguna el principio de prueba exigido por el artículo 767 de la Ley de Enjuiciamiento Civil", concluía la Fiscalía.
(SERVIMEDIA)
14 Ene 2015
SGR/caa