El Supremo reconoce como testamento la carta escrita a mano de una anciana que legó un piso a su cuidadora
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El Tribunal Supremo ha reconocido como testamento ológrafo una nota escrita a mano con posterioridad al testamento. La Sala de lo Civil ha declarado válido y eficaz este testamento ológrafo otorgado por una mujer por el que legaba un piso de su propiedad a su cuidadora, en una nota escrita nueve años después al testamento que firmó ante notario.
La fallecida, Olvido González, no tenía descendencia y había testado en abril de 1993 a favor de sus seis sobrinos. El 6 de mayo de 2002 escribió una nota en la que manifestaba su voluntad de dejar uno de sus pisos a Argentina, "por el tiempo que lleva conmigo, tan atenta y cariñosa".
En primera instancia se dio validez de testamento ológrafo a estas líneas escritas a mano. Pero la Audiencia Provincial de Asturias revocó la sentencia con el argumento de que Olvido González no tuvo la resuelta intención de disponer de sus bienes por sí misma de manera definitiva, sino que se dirigía a sus sobrinos para que fueran éstos los que le cedieran un bien.
Ahora el Supremo revoca esa sentencia de la Audiencia Provincial de Asturias al entender que en las notas de la anciana concurría "la verdadera voluntad de testar". "No puede pensarse”, señala la sentencia de la Sala de lo Civil, “que sea un simple ruego a sus sobrinos, herederos, o a la legataria, que lo era de la casa entera, sino que era su voluntad” testamentaria, “sin que tengan trascendencia jurídica los móviles que le llevan a ello”, es decir, la convivencia de nueve años, que “por cierto, tampoco se ha probado que sean falsos".
Ese texto se completa con otras notas anteriores escritas de puño y letra y firmadas por Olvido González, en las que la mujer expresaba su voluntad de “cumplir con Tina".
La sentencia ha tenido en cuenta que se cumplen los requisitos formales de la firma, la fecha o salvar tachaduras. La Sala recuerda la sentencia de 1918 que fijó la validez del testamento ológrafo que en aquel caso se trataba de una carta de novios en la que se decía "todo para ti, todo". Por todo ello se admite el recurso de casación y se revoca parcialmente el testamento abierto de Olvido González y se reconoce a Argentina el derecho a recibir el mencionado piso.
(SERVIMEDIA)
03 Dic 2014
SGR/caa