ETA. El Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional analiza la acumulación de penas de tres etarras

MADRID
SERVIMEDIA

El Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional analizará este viernes la aplicación de los nuevos criterios para calcular la acumulación de penas establecida por una directiva europea, que ha sido incorporada a la legislación española mediante una ley aprobada por las Cortes el pasado día 12. Gracias a estas nuevas normas ya ha salido de prisión la etarra Carmen Gisasola, y otros tres miembros de la banda han solicitado que se vuelva a calcular su fecha de excarcelación.

La Sala se pronunciará en primer lugar sobre si el nuevo cálculo de las penas debe corresponder a las secciones de la Audiencia Nacional que condenaron a los penados o si son los propios magistrados de lo Penal los que entrarán a analizar el fondo de la cuestión.

La Unión Europea dictó una directiva, que ya ha sido traspuesta a la legislación española, en la que se establece la obligación de sumar a efectos de cumplimiento de penas el tiempo de prisión cumplida en todos los países comunitarios. En virtud de este nuevo criterio, tres etarras han solicitado un nuevo cálculo de sus penas.

Ya en el mes de marzo, el Tribunal Supremo se pronunció sobre la acumulación de penas solicitada por el etarra Urrusolo Sistiaga, decretando que la Audiencia Nacional debía revisar el cómputo de su condena, teniendo en cuenta el tiempo que pasó en prisiones francesas.

Urrusolo, encarcelado desde 1997 por varios asesinatos e incluido en la llamada `vía Nanclares´ para etarras arrepentidos, cumple condena en régimen que le permite disfrutar de permisos, pero pidió la acumulación de sus condenas a la Audiencia Nacional para quedar antes en libertad.

En su solicitud, el preso pedía que se incluyera en la acumulación de condenas y dentro del límite de máximo cumplimiento la condena a seis años de prisión que le impuso el Tribunal Correccional de París en julio de 1999, cumplida en Francia. La Audiencia no lo hizo y el Supremo, ante el recurso del preso, considera que no puede decidir sin conocer aquella condena y estudiar en qué medida los hechos en ella recogidos guardan conexión con otros por los que ha sido condenado en España el etarra.

La ley permite la acumulación de condenas y unos determinados tiempos máximos de cumplimiento según los casos, pero exige para ello una determinada conexión cronológica entre los hechos, señala el Supremo. Para decidir sobre lo que pedía Urrusolo era necesario ver la sentencia de Francia, así que lo que hizo el Supremo fue ordenar a la Audiencia Nacional que pida esa condena y tome la decisión que considere mejor incluyéndola en su estudio.

Hace una semana, la Audiencia aceptó el nuevo cálculo de la pena de Carmen Gisasola, que establecía el cumplimiento de su pena en el mes de junio pasado, por lo que se decretó su excarcelación inmediata.

La Sala decidirá ahora si se encarga de analizar los tres casos que están sobre la mesa o si los traslada a las secciones competentes. En cualquier caso, el procedimiento consiste en que el tribunal pide a las prisiones un nuevo cómputo de la pena que, en su caso, refrendará, para ordenar la excarcelación si resulta cumplida.

(SERVIMEDIA)
27 Nov 2014
SGR/caa