El Supremo censura a la Comunidad de Madrid por la implantación de los colegios bilingües

- Establece que se debería haber consultado la medida con los sindicatos

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal Supremo ha anulado la orden por la que el Gobierno de Esperanza Aguirre implantó la enseñanza bilingüe español-inglés en el curso escolar 2005/2006 al considerar que la Comunidad de Madrid debió consultar la medida con los sindicatos ya que la misma “podía afectar a las condiciones de trabajo de los funcionarios”.

A través de la orden anulada ahora por el Alto Tribunal, que fue dictada en noviembre de 2004, la Comunidad de Madrid seleccionó mediante criterios de equilibrio territorial un total de 50 colegios públicos de toda la región para implantar de forma gradual la enseñanza bilingüe español-inglés. En estos centros, un tercio del horario lectivo semanal de los cursos de educación infantil y primaria se impartió en inglés a partir del año 2005.

La medida fue recurrida por la Federación Regional de Enseñanza de Comisiones Obreras (CCOO). El recurso alegaba que la orden del Gobierno de Aguirre “incidía sustancialmente en las condiciones de trabajo de los funcionarios públicos” ya que la medida abordaba aspectos como las retribuciones, la formación del profesorado -se preveía un plan de formación específico para la enseñanza bilingüe- o las modificaciones de plantillas dentro de los colegios seleccionados.

En diciembre de 2007, la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), dio la razón a CCOO y anuló la orden de la Comunidad de Madrid al considerar que debió ser sometida a negociación con los sindicatos.

Los servicios jurídicos del Ejecutivo de Aguirre recurrieron la decisión ante el Tribunal Supremo argumentando en contra de las tesis de la Audiencia Provincial de Madrid que la orden para seleccionar los colegios en los que la educación sería bilingüe no afectó a las condiciones de trabajo de los profesores.

En la sentencia hecha pública hoy, de la que ha sido ponente el magistrado Santiago Martínez-Vares, el Alto Tribunal establece que, si bien la negociación con los sindicatos no era necesaria, el Gobierno de Aguirre si debió al menos consultar la orden con los representantes de los trabajadores.

Los magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo indican que la orden debió ser consultada mediante la audiencia pertinente con las organizaciones sindicales porque “su contenido se movía en el ámbito de las potestades de organización que son propias de la administración” y podía afectar a las condiciones de trabajo de los funcionarios. En base a estos argumentos, el Alto Tribunal anula la citada orden de la Comunidad de Madrid “por no ser conforme con el ordenamiento jurídico”.

(SERVIMEDIA)
20 Ene 2010
DCD/lmb