El Supremo obliga a la Comunidad de Madrid a pagar los sexenios a los profesores de Religión de la escuela pública

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que obliga a la Comunidad de Madrid a pagar los sexenios a los profesores de Religión de los centros públicos.

En la sentencia se les reconoce el derecho a cobrar dicho complemento en idénticas condiciones y cuantía que los funcionarios interinos docentes de la Comunidad de Madrid.

La Sala de lo Social recuerda que los profesores de Religión de la Comunidad tienen reconocida expresamente la condición de personal laboral y la retribución de funcionario interino por las normas administrativas.

Por ello, concluye que “teniendo los funcionarios interinos derecho a cobrar los sexenios, también lo tienen los profesores de Religión que prestan servicios en centros públicos de la Comunidad de Madrid.

Entiende que la Orden de la Consejería de Educación que regula la formación permanente del profesorado, no hace distinción alguna en relación con el régimen del complemento.

Esa en la razón de de que rechace el recurso de casación presentado por la Consejería de Educación, Juventud y Deporte de la Comunidad y confirma la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que declaró el derecho de los profesores de Religión a recibir esa retribución complementaria, al igual que el resto de los funcionarios interinos docentes.

Esta misma Sala reconoció a estos profesores la antigüedad el pasado 7 de junio a efectos de trienios, igualando su situación a la del resto de interinos.

(SERVIMEDIA)
12 Sep 2014
SGR/gja