La CNMC apuesta por abrir la actividad de normalización a otros competidores
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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) defiende la necesidad de que la Administración remueva los “obstáculos” y cree las “condiciones efectivas” para que en la actividad de normalización pudieran aparecer otros posibles competidores.
Así consta en un informe de la CNMC relativo al proyecto de real decreto por el que se modifica el reglamento para la infraestructura de la calidad y seguridad industrial. En el documento se analizan las implicaciones del mismo desde el punto de vista de la competencia efectiva en los mercados y la regulación económica eficiente.
Competencia recuerda que, en la actualidad, la actividad de normalización se efectúa por la Asociación Española de Normalización (Aenor) en “régimen de monopolio”. Por ello, recomienda abordar en el proyecto de real decreto diversos aspectos en la actividad de normalización que “podrían suponer problemas para la competencia efectiva”.
La CNMC recuerda que “no existe ni en la normativa nacional ni en la comunitaria ningún impedimento para que surgieran nuevas entidades de normalización en España”.
De hecho, agrega, el anexo II del texto consolidado de la Directiva 98/34/CE señala diversos países (como Alemania, Reino Unido, Bélgica, Dinamarca, Finlandia y Suecia) donde hay más de un organismo de normalización.
Para Competencia, esta “posición privilegiada” de Aenor podría deberse, al menos parcialmente, a las características del mercado, pero también a motivos históricos y a ciertas distorsiones derivadas de la actual regulación.
Sobre el proyecto en general, la CNMC apunta que la existencia de una mayor presión competitiva en la prestación de servicios de control en el ámbito de la seguridad y calidad industrial sería un “factor positivo para una asignación más eficiente de los recursos”.
Además, el hecho de que el conjunto de operadores que participan en las actividades afectadas por esta regulación (normalización, acreditación y evaluación de la conformidad) funcionen de manera “más eficiente facilitaría que el resto de operadores afectados por el sistema puedan elaborar sus productos o diseñar sus instalaciones industriales con menores costes”.
“Dicha reducción podría trasladarse igualmente en forma de precios más eficientes o mejor calidad de los servicios para los consumidores”, añade.
Otra de las propuestas del supervisor se refiere a las cargas económicas sobre los organismos de control y apunta que se mantiene la obligación de contratar por parte de los mismos un seguro de responsabilidad civil por una cuantía mínima por siniestro de 1.200.000 euros.
La normativa comunitaria establece la obligación de contratar un seguro, pero no explicita el umbral, con lo que se recomienda motivar la elección de esta cifra bajo la óptica de los principios de necesidad, proporcionalidad y mínima restricción.
(SERVIMEDIA)
18 Ago 2014
BPP/caa