La Seguridad Social podrá liquidar directamente las cotizaciones empresariales
- Supondrá un ahorro de 63,4 millones anuales por las menores cargas burocráticas
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El Consejo de Ministros dio este viernes su visto bueno al proyecto de ley que regula el nuevo procedimiento por el que la Seguridad Social liquidará directamente a las empresas las obligaciones de cotización, lo que les supondrá un ahorro neto de 63,4 millones de euros anuales por las menores cargas administrativas.
La previsión del Ministerio de Empleo y Seguridad Social es que el sistema de facturación directa aprobado hoy comience a introducirse durante el último trimestre de 2014, empezando por el Régimen General y que se vaya ampliando gradualmente hasta su completa implantación.
Con este sistema los empresarios dispondrán todos los meses de un cálculo individualizado de las cuotas sociales para cada trabajador.
Se trata de un medio de facturación directa que permitirá establecer un control integrado de la recaudación basado en el cálculo previo por parte de la Administración de las cuotas de Seguridad Social para cada uno de los trabajadores de las empresas.
El objetivo es optimizar la información facilitada a empresas y trabajadores, prevenir posibles situaciones irregulares de cotización y facilitar el pago de cuotas por medios telemáticos.
El nuevo sistema de liquidación supondrá para los empresarios el conocimiento exacto del detalle de las cuotas calculadas por la TGSS por cada trabajador. La factura incluirá también aspectos esenciales como la correcta aplicación de bonificaciones, exenciones o minoraciones en el tipo que se pudiera aplicar a los trabajadores de la empresa.
Además, se abre la posibilidad de que en el futuro los trabajadores puedan conocer el detalle de su cotización y comprobar si se ha realizado realmente el ingreso de la misma.
La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) notificará a las empresas que cumplen los requisitos establecidos para unirse al sistema de liquidación directa.
Una vez incorporada la empresa (a partir del primer día del mes siguiente al de la recepción de la notificación), el sistema estará operativo desde el tercer mes natural siguiente.
La empresa deberá entonces solicitar a la TGSS el cálculo de la liquidación de cuotas de sus trabajadores entre los días primero y penúltimo natural del plazo reglamentario de ingreso.
Finalmente, el empresario ingresará la factura mediante cargo en cuenta o pago electrónico.
(SERVIMEDIA)
01 Ago 2014
JBM/gfm