Ampliación

El nuevo Código Mercantil regulará la contratación electrónica, las tarjetas y las webs corporativas

MADRID
SERVIMEDIA

El nuevo Código Mercantil, cuyo anteproyecto aprobó este viernes el Consejo de Ministros, sustituirá a la norma vigente desde 1885 y regulará aspectos como la contratación electrónica, las tarjetas de pago y las webs corporativas.

La futura regulación fue aprobada por el Gobierno a propuesta del ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, y del de Economía, Luis de Guindos, que son los que han elaborado un texto que consta de 1.726 artículos, divididos en un título preliminar y siete libros.

En este sentido, Justicia informó de que en la reforma propuesta ha trabajado la Comisión General de Codificación desde 2006. Las modificaciones planteadas se consideran esenciales “para hacer efectiva la unidad de mercado en el ámbito jurídico-privado mediante la legislación mercantil que la Constitución atribuye al Estado”.

El departamento de Gallardón destacó que “la promulgación de un Código Mercantil que acabe con la dispersión existente en la materia era una reclamación histórica de los operadores económicos y contribuirá a la recuperación de la actividad económica al incrementar la seguridad jurídica”.

Entre los aspectos incluidos en el nuevo Código Mercantil está la regulación de la contratación electrónica, que consagra los principios de equivalencia funcional, neutralidad tecnológica, libertad de pacto y buena fe. También se regula la contratación en pública subasta y la contratación a través de máquinas automáticas, como formas especiales de contratación a las que recurren con cierta frecuencia en determinados sectores del tráfico económico.

“CONTRATACIÓN MODERNA”

Asimismo, también se recoge por primera vez la regulación de las tarjetas, sean de pago o de crédito a corto plazo. Se pone el acento en las obligaciones del emisor de la tarjeta con el objetivo de establecer las garantías que requiere el hecho de que muchas veces una de las partes contratantes no es un profesional.

Además, como aspectos jurídicos importantes de la contratación moderna, la reforma planteada incluye las previsiones referidas a las Condiciones Generales de la Contratación y a las Cláusulas de Confidencialidad y Exclusiva.

Otras novedades son el establecimiento del principio de igualdad de trato de los socios en condiciones idénticas, la regulación de la página web corporativa o el dominio electrónico de la sociedad. Justicia destacó que se ha puesto especial cuidado en la regulación de los modos de adopción de los acuerdos sociales (incluyendo su impugnación como derecho de la minoría) y la administración de las empresas. Sobre esta última cuestión se han incorporado las reglas básicas sobre capacidad para ser administrador, competencia orgánica y poder de representación.

(SERVIMEDIA)
30 Mayo 2014
NBC