Un juzgado de Madrid condena a Bankia a devolver 111.000 euros a un matrimonio que adquirió preferentes

MADRID
SERVIMEDIA

El Juzgado de Primera Instancia nº 99 de Madrid ha condenado a Bankia a devolver 111.775,17 euros a un matrimonio de la capital que había suscrito participaciones preferentes con la entidad.

Según informó este martes el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el juzgado entiende que los demandantes desconocían el funcionamiento de los mercados financieros y los productos bancarios complejos.

Además, apunta que la entidad bancaria no se limitó a informar a los demandantes sobre las características de la inversión, sino que fueron asesorados sobre la conveniencia de la suscripción de las participaciones preferentes en orden a su alta rentabilidad, mientras se ocultaban los riesgos que podían derivarse de su adquisición, tales como la pérdida del capital invertido y su carácter perpetuo.

El juez estima también que Bankia no realizó a los demandantes el obligado test de idoneidad que exige la normativa para saber si la persona que contratan el producto tienen los conocimientos y experiencia necesarios para comprender los riesgos inherentes al producto o el servicio de inversión ofertado.

El juzgado destaca que el test de conveniencia, también obligatorio, fue asimismo confeccionado por Bankia, marcándose las respuestas con una “x” por ordenador, sin que conste probado que les fuera convenientemente explicado a los demandantes lo que quería decir cada una de las preguntas que se contienen en dicho test.

La sentencia aclara que la información y la posterior suscripción de las participaciones preferentes se realizó sin conceder a los demandantes un periodo de tiempo suficiente para que pudieran reflexionar sobre la naturaleza y riesgos del producto de inversión que les era ofrecido por la entidad bancaria.

(SERVIMEDIA)
27 Mayo 2014
BPP/pai